Deducciones fiscales por I+D+i: estado de la cuestión

Con la reforma fiscal de diciembre de 2014, el gobierno puso en marcha una serie de medidas de estímulo a la I+D+i empresarial que numerosos sectores sociales venían reclamando desde hacía tiempo. Quizá no sean todas las necesarias, pero sin duda se trata de buenas noticias para las compañías españolas que quieren recuperar posiciones en el ranking europeo.

Deducciones, en vez de financiación

En 2013, España invirtió poco más de 13.000 millones de euros anuales en I+D+i, lo que supuso un 1,2% de su PIB. Se trata de una cifra inferior a las de otros países del entorno europeo. Además los datos indican que este porcentaje se ha venido reduciendo en los anteriores años. Concretamente, en un 11% acumulado desde 2008.

Esta información, presentada en el estudio “La Inversión en I+D+i en España” (2015), publicado por EAE Business School, refleja que todavía queda camino por recorrer en este sentido. El periódico El Mundo, analizando estos datos, calificaba la situación de “debacle”.

Tras años de críticas por parte del sector científico y del sector privado, que reclamaban una apuesta más decidida por la financiación de las actividades de I+D+i, el gobierno decidió ofrecer algunas ayudas en la forma de incentivos fiscales más que en la de inversión directa, subvenciones o financiación.

La reforma fiscal de diciembre de 2014 plantea deducciones relevantes que deben ser tenidas en cuenta y aprovechadas por las empresas para mejorar su competitividad.

Deducción con Informe Motivado Vinculante

Por ejemplo, aquellas empresas que destinen un 10% o más de su presupuesto a actividades de I+D pueden aumentar el importe monetizable de la deducción por I+D de 3 a 5 millones en la declaración del Impuesto de Sociedades. Para poder acceder a este tipo de deducción es imprescindible solicitar, rellenar y enviar al Ministerio de Economía y Competitividad (MINECO), y en el plazo adecuado, el Informe Motivado Vinculante correspondiente (se puede descargar directamente desde este link).

De acuerdo con las necesidades de financiación y el tipo de requisito tecnológico o científico, se puede seleccionar entre tres modelos de Informe Motivado:

Cuando una empresa interesada solicita uno de estos Informes y lo remite a MINECO, éste califica las actividades descritas como “actividades de Investigación, Desarrollo y/o Innovación tecnológica”, de acuerdo a lo establecido por Ley. De esta manera, la empresa podrá posteriormente solicitar su deducción fiscal a la hora de presentar la declaración del Impuesto de Sociedades del ejercicio presente.

La siguiente ilustración muestra el proceso de obtención de deducciones por medio de Informes Motivados Vinculantes.

Pasos a seguir para solicitar deducciones fiscales a través de Informes Motivados Vinculantes

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Fuente: Tactica Corporativa. http://tacticacorporativa.es/que-son-los-informes-motivados-vinculantes/

Estas deducciones puede ser cuantiosas, de hasta un 42% del gasto incurrido en I+D+i, en algunos casos, según explica el fiscalista Manuel Marco en un artículo reciente. Sin embargo, existen otras figuras complementarias.

Patent box

El “patent box” o “incentivo por cesión de intangibles” es una fórmula novedosa que permite a las empresas minorar en un 60% la base imponible generada por los ingresos brutos procedentes de la cesión de ciertos activos intangibles creados por ellas mismas.

Se trata de una fórmula todavía muy poco conocida pero prometedora, creada en la UE y transpuesta a la normativa española en 2007. Básicamente significa que aquellas empresas que generen algún tipo de innovación (intangible) podrán gozar de importantes ayudas siempre que cedan esta innovación a otras empresas que puedan utilizarlas para el desarrollo de actividad económica acreditada. En definitiva, se trata de premiar a las empresas que “inventen” maneras mejores de hacer las cosas o de mejorar los procesos productivos. La ilustración siguiente lo explica:

Proceso de aplicación de la “Patent Box”

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Fuente: http://www.ayudaspatentbox.com/

Las ventajas de la Patent Box son variadas. Entre ellas, destaca el que cualquier tipo de empresa puede acceder a ella, o que es compatible (acumulable) con otras deducciones fiscales por I+D+i, o que se puede aplicar independientemente de la fecha de creación del intangible.

Las empresas que quieran beneficiarse de este sistema deben cumplir una serie de requisitos determinados:

Otras deducciones relevantes

Qué actividades son susceptibles de acogerse a estos incentivos

Fundamentalmente, como su nombre indica, las actividades empresariales que corresponden al I+D+i. Y, para que no existan dudas, el Texto Refundido sobre la Ley de Impuesto de Sociedades (TRLIS), cita lo siguiente:

Siempre que una compañía, con independencia de su tamaño o actividad, desarrolle actividades de este tipo, puede plantearse acceder a las deducciones planteadas anteriormente.

De dónde venimos

En España, la inversión pública en I+D+i se ordena alrededor de la “Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y de Innovación 2013-2020” y del “Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016”, que esencialmente definen unos objetivos genéricos, determinan unos recursos y erigen unos instrumentos (como, por ejemplo, el CDTI o la Red I+D+I) encargados de administrar y coordinar todos los esfuerzos realizados a nivel público.

Como se explicó antes, el nivel de inversión pública ha sido decreciente en los últimos años. Para justificar esta reducción, el ministro de economía Luis de Guindos declaró que “España no ha aprovechado el gran esfuerzo de financiación de la última década, ya que genera muchas publicaciones pero de escasa calidad y no transforma su conocimiento en innovación empresarial”.

Objetivos Estratégicos del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.

Fuente: Ministerio de Economía y Competitividad

La inversión privada

A la vez que sucedía esta disminución en la inversión pública, el valor total de la I+D+i empresarial (privada) ha ido creciendo en términos relativos hasta superar, por primer año, al de la pública. Esto significa que, por primera vez en la historia, la iniciativa empresarial se pone por delante en una materia tan relevante como la investigación y el desarrollo.

Sin embargo este liderazgo no esconde las críticas que el sector empresarial expresan hacia las políticas públicas. Un informe de la CEOE de 2014 reclamaba con urgencia un conjunto de medidas generales y particulares destinadas a fomentar lo que para ellos es una “imprescindible” actividad privada en innovación.

Medidas que iban desde aumentar el volumen de las ayudas, hasta hacerlas más accesibles (especialmente, limitando la burocracia necesaria para acceder a ellas), mayor número de incentivos fiscales y mayor rapidez en todos los procesos. Parece que las planteadas por la Reforma Fiscal de 2014 no son todas las reclamadas, pero, sin duda, es un buen camino para acercarse al objetivo deseado.

Referencias:


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