La publicidad de las cuentas anuales de las empresas
La publicación de los estados financieros de las empresas, tanto públicas como privadas, es de vital importancia. En la República Dominicana dicha práctica está regulada por la ley 497-08 que regula Las Sociedades Comerciales y Las Empresas Individuales de Respondabilidad Limitada. Aunque existe la legislación, su aplicación no se cumple a cabalidad por parte de las empresas, y los usuarios no se sienten lo suficientemente empoderados en términos de derechos para exigir que las informaciones financieras les sean provistas. Es común que tengamos cuenta de ahorro en instituciones de intermediación financiera (Bancos, Asociaciones, Cooperativas, etc) y nunca, o casi nunca nos interesemos en conocer el Balance, la Cuenta de Perdidas y Ganancias, el Estado de cambios en el patrimonio neto, el Estado de flujos de efectivo y la Memoria del ejercicio. Algunas empresas publican sus estados en los diarios de circulación nacional y pasamos las paginas sin prestarle interés ninguno.
Un segmento de la población compuesto por inversionistas, investigadores, emprendedores, accionistas, profesionales de la ramas económicas y estudiantes con un interés especifico, forman parte del reducido nucleo de personas que frecuentemente son asiduos consumidores de las informaciones financieras. La sociedad nuestra es una sociedad de consumidores con poca informacion que basan sus decisiones de compra por cuestiones emocionales, influencia de la publicidad, o cuestion de moda. Asi mismo, al momento de abrir una cuenta de ahorros, un certificado de inversion, tomar un préstamo, etc. el ciudadano común se inclinca por la cercania del banco, la popularidad, y cuestiones acomoditicias, obviando muchas veces tasas de interés, plazos, calificaciones de riesgo, capital social, crecimiento de últimos años y otras variables de importancia.
En conclusión, más que lograr y estar de acuerdo en que las empresas publiquen sus estados financieros, es importante que la ciudadania se interese en conocerlas, estudiarlas, e involucrarlas en su proceso de toma de decisión, ya sea como consumidores, investigadores o posibles inversionistas, solo asi las empresas se verán obligadas a ofrecer informaciones financieras de calidad y confiables. En un mercado competitivo, la información es lo único que distingue a un consumidor/inversionista inteligente de un mediocre y perdedor.
Saludos,
Hermi Cedano
PUBLICIDAD DE LAS CUENTAS ANUALES EN LAS EMPRESAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA
Para el acceso a la información contenida en las cuentas anuales en nuestro país actualmente existen dos leyes referidas a la regulación de este tema para las empresas públicas y privadas, las cuales son la 200-04 (ley del libre acceso a la información pública) , y la 497-08 (Ley General de las Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada).
Acceso a información de entidades estatales
En la ley de libre acceso a la información pública se establece que toda persona tiene derecho a solicitar y a recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna, de cualquier órgano del Estado Dominicano, y de todas las sociedades anónimas, compañías anónimas o compañías por acciones con participación estatal.
Esta provee el derecho a cada ciudadano al acceso a la información de cualquier empresa pública gratuitamente y en un tiempo menor a 15 días hábiles, además de obligación de publicación y actualización de estas informaciones en una página web en caso de que tenga la organización disponga de esta, lo que facilita que las empresas que manejan los recursos del estado muestren en qué forma están siendo utilizados estos y el nivel de transparencia existente a lo interno de la organización.
Acceso a la información de entidades privadas
La ley 497-08 establece que las cuentas anuales deben ser presentadas con claridad, mostrando la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados y de los resultados de la empresa de conformidad con las disposiciones legales.
A diferencia de la empresas que funcionan con recursos estatales el acceso dicha información en caso de la empresa quiera hacerlo queda restringida al público en general, quedando solo con la obligación de poner bajo su conocimiento a los socios de esta.
En conclusión y según mi punto de vista y debido a la naturaleza de estas estoy de totalmente de acuerdo en que sea obligatorio para los empresas que usen recursos estatales la declaración de su estado de cuentas ya que el origen de su patrimonio proviene de los recursos de la nación, en que caso de las empresas privadas como su capital de financiamiento es propio esta pueden decidir de acuerdo a la situación en que se encuentre y a conveniencia propia ocultar o revelar el estado de sus cuentas.
Publicidad de Cuentas Anuales de las Empresas en República Dominicana
El reporte de las cuentas anuales de las empresas muestra una foto panorámica de como se ve la empresa dentro del periodo establecido por el reporte. La importancia de la publicación de esta «foto» se puede explicar como algo tan sencillo como si nos ofrecieran una cita a ciegas en la cual estamos sometidos a pagar la cita por completo sin haber visto una foto del acompañante que va a asistir a la cita, lo cual nos dice de primera instancia que no invertiríamos en algo así debido a que no conocemos nada sobre la persona, como apariencia física o personalidad.
El publicar el estado de cuentas proporciona un sin numero de beneficios de los cuales puedo traer los que son mas importantes para mi:
– Confianza y branding de la empresa para atraer nuevos inversionistas.
– Exposición internacional para atraer nuevos inversionistas.
– Proporciona datos que ayudan al análisis estadístico para analizar el consumo de un mercado y por ende que tan saludable esta el mismo.
– Información de fácil acceso a los inversionistas.
– Lleva registro histórico que podría usarse a la hora de declarar la empresa en banca rota y solicitar ayuda del Estado.
El no publicar las cuentas trae efectos contrarios a los beneficios previamente ya mencionados. Esto se debe a que en tiempos tan delicados a nivel económico y con mercados tan dinámicos y cambiantes, los inversionistas de hoy deben tener una base solida de datos y estados de cuentas para darles seguridad de su inversión, no solo a corto plazo sino a plazo indefinido.
A esto le debo sumar a que en la República Dominicana no tiene la mejor historia de manejo de patrimonios, tanto en el ámbito publico como privado. Un ejemplo de estas consecuencias del mal manejo en el pasado es el desarrollo «La Bolsa de Valores», hoy en día a duras cuestas se ha logrado levantar este ente que puede abrir muchas puertas a la inversión de nuevos empresarios, siempre y cuando se mantenga transparente la publicación de estas cuentas.
Las ley que promueven la documentación y la preparación de un estado de cuentas es la ley No. 479-08 para las empresas comerciales e individuales. Esta dicta básicamente que todas las empresas deben llevar registros contables basados en los estándares aceptados nacionales e internaciones. También promueve la preparación del estado financiero de la empresa donde quede plasmado la situación financiera de la misma, dependiendo de la empresa este se pondrá de manera publica o no.
La ley No. 200-04 promueve el libre acceso a la información publica tanto para las entidades publicas como para las entidades privadas que reciben recursos del estado. Esta ley promueve a su vez de que se debe preparar y enviar un reporte lo suficientemente claro y preciso que refleje el uso de estos recursos.
Como bien había explicado anteriormente, existen infinidades de beneficios que se ganan publicando el estado de estas cuentas. Al igual existen muchas consecuencias al no hacerlo debido a que crea un ambiente de incertidumbre entre los inversionistas y las empresas.
Importancia de la publicación de las cuentas anuales.
Las cuentas anuales son una fotografía de la condición financiera de la empresa en un momento dado. En muchos países existen leyes que obligan a las empresas a publicar sus cuentas anuales hasta determinada fecha.
Considero de suma importancia que las cuentas anuales sean publicadas porque:
*Permiten a los empresarios ver la condición financiera de la empresa calculando los ratios de análisis patrimonial, financiero, económico, de circulante, costes fijos, punto de equilibrio e inversión.
*Facilita información al mercado sobre el estado en que se encuentra la empresa y permitirá la comparación e identificar los líderes del mercado.
*Los accionistas pueden conocer como marcha la sociedad.
En la Republica Dominicana se están dando pasos firmes en materia de leyes para regular la promulgación de las cuentas anuales. La Ley General de las Sociedades Comerciales y Empresas Individuales, No. 479-08 fue promulgada en fecha 11 de diciembre del 2008 y luego modificada por la Ley 31-11 (en lo adelante la Ley 479 y su modificación se denomina Ley de Sociedades). El objetivo primordial de la Ley radica en la modernización de la regulación existente en materia societaria. Aunque no obliga a las empresas privadas a publicar sus cuentas anuales, ya se ha iniciado con la regulación.
En las instituciones del estado está mas regulada la publicación mediante la Ley de Libre Acceso a la Información Pública (200-04). Esta ley fue promulgada el 28 de julio de 2004 y su reglamento el 25 de febrero de 2005. A partir de esta fecha es cuando se inicia su aplicación. Su objetivo es garantizar el derecho de toda persona a solicitar y recibir información efectiva, veraz y oportuna sobre todos los actos y actividades de los organismos y entidades centralizadas, descentralizadas y autónomas, incluyendo los poderes Legislativo y Judicial, y a los órganos e instituciones privadas que reciben recursos provenientes del Presupuesto General del Estado.
Considero, al igual que Carlos Ucelay (Especialista en Derecho de las Pymes), que no publicar las cuentas anuales trae graves consecuencias:
*Falta de inversión, financiación y crédito o compra. Cualquier financiador, inversor o comprador desconfiará de la sociedad si no ve las cuentas anuales.
*Dificultad de comprobar el registro mercantil de la empresa. Los proveedores que financian a sus clientes tendrán dificultad de comprobar la capacidad de pago si no tienen acceso a las cuentas anuales.
*Responsabilidad de los Administradores. Si la empresa no publica a tiempo los administradores ponen en riesgo su patrimonio.
*Información a los socios de la empresa. Los socios como inversionistas necesitan saber la contabilidad de la empresa.
*Imposibilidad de acceder a licitaciones importantes. La empresa puede ser descarta si no es posible acceder a la información de sus cuentas anuales.
Existen muchas otras consecuencias de no publicar las cuantas anuales, por esta razón estoy a favor y considero una gran necesidad estratégica, en un mundo tan cambiante, el manejar la información financiera de la empresa publicando sus resultados.
Las Cuentas Anuales en Rep. Dom.
La publicidad de las cuentas anuales de las empresas en la Republica Dominicana está regulada por dos leyes:
- Ley General de las Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, No. 479-08. La misma, en su artículo No. 31 considera que, las operaciones de las sociedades comerciales se asentarán en registros contables de acuerdo con los principios y normas contables generalmente aceptadas, nacional e internacionalmente, conforme con las regulaciones nacionales y por tanto deberán generar información que permita por lo menos la preparación de estados financieros que reflejen la situación financiera, los resultados de operaciones, los cambios en el patrimonio, los flujos de efectivo y las divulgaciones que deberán contener las notas a los estados financieros.
- Ley General de Libre Acceso a la Información Pública, No. 200-04. Su objetivo es garantizar el derecho de toda persona a solicitar y recibir información efectiva, veraz y oportuna sobre todos los actos y actividades de los organismos y entidades centralizadas, descentralizadas y autónomas, incluyendo los poderes Legislativo y Judicial, y a los órganos e instituciones privadas que reciben recursos provenientes del Presupuesto General del Estado.
En el contexto dominicano, estas regulaciones van dirigidas principalmente a las instituciones del sector público. Sin embargo, los beneficios trascienden a la realidad de las empresas privadas, ya que:
- Garantizan mayores niveles de transparencia en las instituciones.
- Permiten un mayor acercamiento entre la ciudadanía y la institución.
- Contribuye a reducir la corrupción administrativa.
- Generan confianza en el consumidor hacia la empresa o institución.
- Fortalecen la democracia en tanto permite a los ciudadanos analizar, juzgar y evaluar.
- Consolida la imagen de la institución frente a la ciudadanía respecto a sus políticas y ética profesional.
Definitivamente, hacer de conocimiento público el comportamiento financiero de una institución es una práctica que le beneficia tanto a ella misma como al ciudadano, pues permite que todos los grupos interesados puedan empoderarse de información oportuna que permita tomar decisiones adecuadas a las actividades que les competen, y desarrollando relaciones Ganar-Ganar.
Sobre la publicidad de las cuentas anuales de las empresas
Al final de cada ejercicio económico o cada año, la empresa debe elaborar sus cuentas anuales: el Balance, la Cuenta de Pérdidas y Ganancias y la Memoria. Estos tres documentos forman una unidad y su elaboración debe tener como objetivo prioritario ofrecer la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa y deben ser redactados de conformidad con lo previsto en las leyes y textos oficiales, así como también deben ser presentadas con claridad ante los ciudadanos de cada país.
Las cuentas anuales parten del principio de legitimidad y transparencia y van dirigidas a todas aquellas personas que por cualquier motivo tengan relación con la empresa y por tanto tengan interés en conocer la situación y marcha de la misma permitiendo obtener un mayor conocimiento de su realidad económica y financiera.
En nuestro país (República Dominicana) existen varias leyes que rigen la publicidad de las cuentas anuales de las empresas, entre las que se pueden citar:
-La Ley 479-08; Ley General de las Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, una guía que muestra la forma de hacer negocios en República Dominicana. Esta ley genera información que permite la preparación adecuada de las cuentas anuales y todo lo concerniente a la parte financiera de la empresa.
Esta ley hace que las empresas privadas de nuestro país hagan públicas su información financiera. Y está disponible a través de la DGII que es la principal fuente de información para conocer las cuentas anuales de las empresas.
La ley de bancos (Ley No. 183-02) y la ley de cooperativas y las asociaciones (Ley 127-64) hacen mandatorio la publicación de los estados financieros de las empresas para auditoría. Y claro si cotiza en la bolsa de valores es obligatorio hacerla pública.
Estas informaciones podemos obtenerlas vía el banco central, pero solo podemos conocer el dato de la industria en general a la que pertenece la empresa en cuestión.
Pero es la Ley No. 200-04; Ley General de Libre Acceso a la Información Pública. Establece que toda persona tiene derecho a solicitar y a recibir información veraz y completa de cualquier órgano del Estado.
Según las leyes citadas y mencionadas, el principal elemento que se debe siempre seguir es la transparencia y la legitimidad de sus datos, cada empresa tiene el deber de mostrar sus patrimonios y usos de sus recursos para garantizar
Como mejora considero que debe existir un sistema totalmente integrado de información, porque hasta ahora solo la TSS y la DGII están cruzados, es decir que encuentras la misma información en ambos sitios, pero no los demás lugares donde podemos encontrar la información de las empresas.
La Publicidad de las cuentas anuales de las empresas
Pienso que todas las empresas no solo las de República Dominicana si quieren estar inmersas en un proceso de desarrollo totalmente transparente deben dar a conocer su situación financiera ante toda la sociedad. No solo las empresas tienen el deber de hacer públicos sus estados financieros, cada institución pública tiene el deber de mostrarle a la ciudadanía, el gasto de los recursos del estado (Inversiones, proyectos, obras sociales, etc.) para garantizar que la recaudación de los impuestos de los contribuyentes sea utilizada de forma transparente y eficiente.
En nuestro país existen existe la ley 200-04, ley General de libre acceso a la información pública en donde se le proporciona el derecho a las personas a recibir información completa, veraz adecuada y oportuna de cualquier organización perteneciente al estado.
Hoy en día las empresas deben tratar de ser sostenibles en todos los aspectos, tanto en lo social, económico y ambiental, y para ser sostenible hay que ser transparente en todos los sentidos de la palabra.
Saludos,
Kelvin Colon
La publicidad de las cuentas anuales de las empresas en Republica Dominicana.
Las leyes 497-08 y 200-04 fueron creadas en Republica Dominicana para regir la publicidad la publicidad de las cuentas anuales:
- La ley 497-08 es una guía que da un giro importante a la forma de hacer negocios en mi país, República Dominicana. Marca las diferencia entre lo que ha pasado y lo que puede pasar, debido a que da forma a los procesos más significativos a nivel corporativo (fusiones, reducción de capital, compra de acciones, disolución, liquidación, etc.), al igual que las normas para el buen gobierno y la transparencia en cualquier aspecto.
- Ley No. 200-04: General de libre acceso a la Información pública, establece que: Toda persona tiene derecho a solicitar y a recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna, de cualquier órgano del Estado Dominicano, y de todas las sociedades anónimas, compañías anónimas o compañías por acciones con participación estatal, incluyendo:
a) Organismos y entidades de la administración pública centralizada;
b) Organismos y entidades autónomas y/o descentralizados del Estado, incluyendo el Distrito Nacional y los organismos municipales;
c) Organismos y entidades autárquicos y/o descentralizados del Estado;
d) Empresas y sociedades comerciales propiedad del Estado;
e) Sociedades anónimas, compañías anónimas y compañías por acciones con participación estatal.
f) Organismos e instituciones de derecho privado que reciban recursos provenientes del presupuesto nacional para la consecución de sus fines.
g) El Poder Legislativo, en cuanto a sus actividades administrativas.
h) El Poder Judicial, en cuanto a sus actividades administrativas.
Las Cuentas Anuales de una empresa son unos estados que tienen por objeto permitir un conocimiento de la realidad económica y financiera de una empresa en un tiempo determinado. Estas deben comprender el balance, las perdidas, las ganancias, cambios en el patrimonio neto, estados de flujo y la memoria. Deben ser claras y mostrar fidedignamente la realidad financiera de la empresa.
Massiel Castro
Cuentas anuales empresas públicas y privadas – República Dominicana
El Balance, la Cuenta de Pérdidas y Ganancias, el Estado de Cambios en el Patrimonio Neto, el Estado de Flujos de efectivo y la memoria comprenden las cuentas anuales de una empresa. Estos elementos en su conjunto muestran el panorama general de lo que ha ocurrido en la empresa a lo largo del año en el aspecto financiero. Por tanto, la información que brinda este resumen se reviste de vital importancia para los interesados (steakholders) en la marcha de cualquier empresa. En muchos países se hace necesaria la publicación de las cuentas anuales de todas las empresas que integran el mercado ya que la transparencia es esencial para que la información financiera sea fiable y cumpla con las leyes establecidas. Las mismas deben ser presentadas con claridad, organización y veracidad, mostrando la situación financiera, los resultados del ejercicio y el patrimonio.
En la República Dominicana se han promulgado varias leyes para regir la publicación de las cuentas anuales de las empresas según el tipo y condición:
Ley 19-00 Mercados de Valores, La creación de la ley fue la respuesta a la necesidad de promover y regular el mercado de valores dominicano, para que el desenvolvimiento de sus participantes se verifique dentro de un marco de la transparencia y eficiencia económica.
En su artículo 15 nos dice que la información financiera anual que proporcionen los emisores de valores a la Superintendencia de Valores y a las bolsas, deberá estar auditada por auditores externos inscritos en el registro del mercado de valores y de productos, de acuerdo con las disposiciones establecidas en el reglamento de esta ley.
Todas estas informaciones serán publicadas de manera general en las memorias de la Bolsa de Valores de la Republica Dominicana.
Ley No. 479-08 sobre modificada por la Ley No. 31-11, sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada.
En el artículo 40 expresa que los estados financieros y el informe de gestión aduanal debe ser publicado en la página web de la sociedad, si la tuviere.
Cabe destacar que es común ver en los medios de comunicación escrita de circulación nacional los estados financieros de algunas de las entidades del país.
Ley 200-04 General de Libre Acceso a la Información Pública, establece que toda persona tiene derecho a solicitar y a recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna, de cualquier órgano del Estado Dominicano, y de todas las sociedades anónimas, compañías anónimas o compañías por acciones con participación estatal.
La citada Ley permite el derecho a toda persona a solicitar, recibir y difundir información completa, veraz, adecuada y oportuna de cualquier órgano e institución del Estado Dominicano.
En nuestro país para obtener información financiera de las instituciones públicas o empresas privadas, se debe llenar un formulario o visitar las páginas de Web.
El formulario de las instituciones públicas debe tener las siguientes informaciones:
• Nombre completo del solicitante.
• Descripción clara y precisa de la información requerida.
• Motivaciones de las razones por las cuales se requieren los datos e informaciones solicitadas.
• Medio para recibir las informaciones.
• Copia de la cédula de identidad.
PUBLICACIÓN CUENTAS ANUALES DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS Y PRIVADAS
La publicación de las cuentas anuales de una empresa son un elemento importante en el ámbito empresarial desde el punto de vista de la Sostenibilidad, principalmente por el carácter ético que esta práctica posee de transfondo y que a primera vista para los empresarios puede ser como revelar «sus secretos» empresariales pero visto desde un punto de vista diferente, puede ser la diferencia entre un gestión ética y responsable y una gestión con deficiencias.
Actualmente en la República Dominicana existe la Ley Sobre el Libre Acceso a la Información Pública No. 200-04. Esta ley buscar transparentar la gestión en general de las dependencias del Estado en miras a contrarrestar la corrupción y brindar al ciudadano la información que necesite a través de los procedimiento establecidos en la Ley y su reglamento de aplicación. Lamentablemente esta ley no aplica para el sector empresarial privado, lo que hubiera sido ideal para inciar un camino hacia la transparencia total en el país, debido a que las empresas del sector privado también tienen su lado oscuro.
El hecho de que un país tenga un marco regulatorio en el cual obligue a las empresas (tanto públicas como privadas) a publicar sus cuentas anuales trae consugo múltiples ventajas para todos los stakeholders. Dentro de las ventajas podemos mencionar las siguientes:
Para la empresa:
- Ayudar a acrecentar su imagen ante la población como una empresa responsable (que cumple con sus obligaciones), sostenible económicamente (brinda seguridad a los aspirantes a vacantes internas, esto es así porque a la hora de alguien cambiarse de trabajo puede observar si la empresa está ecnonómicamente estable y perdurará en el tiempo).
Para los ciudadanos:
- Permite ver que la empresa está cumpliendo con las responsabilidades fiscales que exige la ley y en caso de no cumplirla, se le puede exigir su cumplimiento.
Para los competidores:
- Permite observar que tan bien han sido ejecutadas las estrategias de negocio del competidor. También permite ver si las estrategias de mi empresa están influyendo en las ventas del otro.
Para el sector académico:
- Permite realizar el estudio de casos prácticos, investigaciones de participación de mercado (también aplica para los competidores). En lo personal para mí fue muy difícil hacer trabajos en la universidad que involucraban análisis que se basaban en información empresarial como cuentas anuales, volumenes de venta ,etc.
Para los empredendores:
- Permite ver cómo se comporta el mercado en términos de volumenes de ventas para calcular pronósticos efectivos.
- Permite el estudio de los competidores para el diseño de planes de negocio para startups, entre otras ventajas.
Para citar otro tipo de ventajas a la hora de la publicación de cuentas anuales, en el año 2003 ocurrió la crisis bancaria más grande que ha tenido el país con un fraude de millones de pesos, este fraude fue protagonizado por el Banco Intercontinental (Baninter). Miles de ahorrantes perdieron su dinero cuando ocurrió el desplome del Baninter (dinero que después pago el Banco Central endeudando al país) pero si hubiese habido publicación de las cuentas publicas de dicha entidad, el escenario hubiera sido otro. Las personas hubieran sabido el estado del banco y todo se habría resulto de otra manera, es solo un ejemplo de como la publicación de cuentas pueden servir de ayuda a la cuidadanía.
En conclusión creo que la publicación de las cuentas anuales de las empresas privadas y públicas son un gran avance para todos los sectores involucrados (sector empresarial, académico, emprendedor y ciudadano), debido a que abre puertas. También es un gran avance para que las empresas se encarrilen por la vía de la sostenibilidad empresarial y la responsabilidad social corporativa (RSC).
La palabra más idónea para describirlo sería: Transparencia en la Gestión.
Me despido de ustedes hasta una próxima entrega,
Saludos,
Luis Miguel Mejía