La publicidad de las cuentas anuales de las empresas

Las cuentas anuales de cualquier institución deben ser presentadas con transparencia, mostrando la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa, de conformidad con las disposiciones legales de cada país.

En República Dominicana se han creado dos leyes para regir la publicidad de las cuentas anuales de las empresas: La Ley 497-08 y la Ley 200-04. La ley 497-08 estas leyes se han convertido en una guía que da un giro importante a la forma de hacer negocios Rep. Dom.
Estas leyes han contribuido a la transparencia en cuanto a temas como reducción de capital, fusiones, compra de acciones, disolución, liquidación, etc., al igual que las normas para el buen gobierno y la transparencia en cualquier aspecto. El articulado de estas leyes, definen la forma de registrar las operaciones contables de acuerdo a la institución encargada para estos fines en nuestro país que es el Instituto de Contadores Públicos Autorizados de la República Dominicana. Esos registros son la base que permiten la preparación adecuada de las cuentas anuales y todo lo concerniente a la parte financiera de las empresas públicas o privadas. Teniendo esto como base es que las empresas deben hacer pública anualmente su información financiera.
Por igual comentamos que en nuestro país existe la Ley 200-04: Ley General de libre acceso a la Información pública que establece lo siguiente:

“Toda persona tiene derecho a solicitar y a recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna, de cualquier órgano del Estado Dominicano, y de todas las sociedades anónimas, compañías anónimas o compañías por acciones con participación estatal, incluyendo: a) Organismos y entidades de la administración pública centralizada; b) Organismos y entidades autónomas y/o descentralizados del Estado, incluyendo el Distrito Nacional y los organismos municipales; c) Organismos y entidades autárquicos y/o descentralizados del Estado; d) Empresas y sociedades comerciales propiedad del Estado; e) Sociedades anónimas, compañías anónimas y compañías por acciones con participación estatal;
f) Organismos e instituciones de derecho privado que reciban recursos provenientes del presupuesto nacional para la consecución de sus fines. g) El Poder Legislativo, en cuanto a sus actividades administrativas. h) El Poder Judicial, en cuanto a sus actividades administrativas”.

Teniendo esto como base podemos citar que el elemento fundamental que debe estar contenido en esta información lo es la transparencia, condición que se constituye en algo esencial para el buen desempeño y la credibilidad de las instituciones que rigen el derrotero nacional. Cada empresa pública tiene el deber de mostrar a la ciudadanía, el gasto de los recursos del Estado, (inversiones, proyectos, obras sociales, etc.) para garantizar que la recaudación de los impuestos de la población están siendo usados de forma eficiente.

Nos apena referir que en la mayoría de los casos en nuestro país las cosas no se cumplen tal y como se refieren en los párrafos citados anteriormente en lo que respecta a las empresas públicas. En cuanto a las empresas privadas, se da también el caso de la no transparencia aunque en menor escala y se nota una madurez en este sentido en el sector privado.

Esta información de las cuentas anuales en Rep. Dom. puede ser solicitada en la DGII (Dirección General de Impuestos Internos). A continuación hacemos mención de los requisitos para obtener la información:

1. Nombre Completo y calidades de la persona que realiza la gestión.

2. Identificación clara y precisa de los datos e informaciones que
requiere.

3. Identificación de la autoridad pública que posee la información.

4. Motivación de las razones por las cuales se requieren los datos e
informaciones solicitadas.

5. Lugar o medio para recibir las notificaciones.

En conclusión podemos comentar que estamos totalmente de acuerdo con las leyes que han sido promulgadas para velar por el cumplimiento de que en nuestro país se procure la transparencia y pulcritud en el manejo de las finanzas tanto públicas como privada. Mientras mayor sea la transparencia en este manejo, mayor beneficio podremos percibir los ciudadanos ya que esto obliga a dar un uso eficiente a la cosa pública y por igual obliga a las empresas privadas a ser transparentes en el ejercicio de sus funciones.

Mario Ubiera


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