LA PUBLICIDAD DE LAS CUENTAS ANUALES DE LAS EMPRESAS

Las cuentas anuales de una empresa no son más que una fotografía de la situación económica-financiera de la misma en un momento determinado. Estas, según la Ley de Sociedades de Capital deben ser presentadas anualmente. Su importancia estriba en que la información que esta arroja es indispensable tomarla como base para la toma de diversas decisiones de los agentes económicos, las cuales afectan el mercado y consecuentemente de manera significativa a la rentabilidad de la empresa.

“Una empresa no es organizada porque es grande, sino que esta es grande porque es organizada, porque ella una vez también fue pequeña”.

Entiendo que las cuentas anuales deben ser publicadas, pero publicadas con información veraz, responsable, profesional y actualizada, ya que esta acción, aunque la empresa lo pase por alto, está dirigida a beneficiar a la propia organización. Una evidencia de esto, es que cuando una empresa no es “transparente” la buena relación entre dicha empresa y las entidades financieras u otras empresas interesadas tiende a mermar, ya que no presentar abiertamente sus informaciones financieras, o no presentarlas verazmente, genera desconfianza en dicha empresa y podría causar que el financiador, inversionista o comprador de la empresa se negara ante algún tipo de solicitud.

Por otro lado, cuando se incumple con esta obligación, los administradores pueden tener que responder personalmente con su patrimonio por las deudas generadas por la empresa a partir de la falta de publicación en plazo legal establecido. También la publicación de las cuentas anuales, como documento informativo de los socios de la empresa, aparte de que es la herramienta que utilizan para conocer y aprobar las cuentas cada año, evita conflictos entre los socios debido a que disuade confusiones o malas interpretaciones que pudieran surgir ante algunas situaciones como una imposibilidad de reparto de dividendos o por una irregular aplicación de los beneficios obtenidos.

Y por último, aunque sucede con poca frecuencia en el ámbito local, a una empresa que no tenga cuentas anuales claras y fiables, se le imposibilita acceder a licitaciones importantes.

En República Dominicana se han promulgado dos leyes para regir la publicidad de las cuentas anuales de las empresas: La Ley 497-08 (Ley de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada) y la Ley 200-04 (Ley General de Libre Acceso a la Información Pública).

El art. 31 de la Ley 497-08 establece la forma de asentar las operaciones en el registro contable de acuerdo a la institución encargada para estos fines, el Instituto de Contadores Públicos Autorizados de la República Dominicana, generando información que permita la preparación adecuada de las cuentas anuales y todo lo concerniente a la parte financiera de la empresa. De aquí que las empresas privadas locales deban hacer públicas sus informaciones financieras.

Por su parte, la ley 200-04 tiene como propósito garantizar la reglamentación del ejercicio de libre acceso a la información pública y establecer las excepciones admitidas a este derecho universal para el caso que exista un peligro real e inminente que amenace la seguridad nacional o el orden público, tal y como establece en su artículo 1, “Toda persona tiene derecho a solicitar y a recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna, de cualquier órgano del Estado Dominicano, y de todas las sociedades anónimas, compañías anónimas o compañías por acciones con participación estatal”.

En conclusión, es importante la presentación de unas cuentas anuales veraces y oportunas, debido a que tener una información económico-financiera actualizada es indispensable para la supervivencia de la empresa y para mantener la confianza, porque se tomaran decisiones certeras a favor de los mejores intereses de la empresa y se verá que las actividades de la misma, se efectúan de forma clara y lícita.

Enlaces de interés:

Ley No. 31-11 que introduce modificaciones a la Ley 497-08 http://camarasantiago.org/images/Leyes/Ley%20No.%2031-11.pdf

Ley 200-04

http://www.mopc.gob.do/media/3438/Resoluci%C3%B3n%20Ley%20200-04.pdf


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