La Publicidad de las Cuentas Anuales de las Empresas

Las cuentas anuales de cualquier empresa o institución deben ser mostradas o presentadas con total claridad, ya que estas representan la situación y resultados financieros de la empresa y/o institución.

 

Actualmente en la República Dominicana existen dos leyes o estatutos que gobiernan la publicidad de las cuentas anuales de las empresas y/o instituciones, las cuales son Ley 497-08 (Ley que rige a las sociedas comerciales y empresas individuales de responsabilidad limitada) y la Ley 200-04 (Ley General de Libre Acceso a la Información Pública).

 

La ley 497-8, establece la obligatoriedad de la publicación de las cuentas anuales y también deja claro una diferencia significativa entre lo que ha pasado y lo que pudiera pasar, ya que da forma a los procesos a nivel corporativo como son fusiones, reducción de capital, compra de acciones, disolución, liquidez, entre otra. Esta en su articulo 31 establece la forma de asentar las operaciones de registro contable de acuerdo a la institución que regula dicha acción que es el Instituto de Contadores Públicos Autorizados de la República Dominicana, la cual provee la correcta información para proceder a  generar las cuentas anuales y todo lo referente a la parte financiera de la empresa y/o institución.

 

Por otro lado la Ley 200-04, que es la General de libre acceso a la Información publica, establece que: Toda persona tiene derecho a solicitar y a recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna, de cualquier órgano del Estado Dominicano, y de todas las sociedades anónimas, compañías anónimas o compañías por acciones con participación estatal, es decir, que cualquiera de las instituciones del Estado Dominicano esta en la obligación de presentar información veraz y a tiempo respecto a las cuentas contables de dicha institución.

 

Entiendo que es una práctica que nos proporciona información oportuna de a donde va el dinero de los impuestos cobrados a los ciudadanos, que nos muestras todas sus  variaciones, cual ha sido su destino y en que ha sido invertido y no solamente eso sino que nos permite visualizar las diferentes inversiones y gastos generales en los que ha incursionados las instituciones.

En la República Dominicana esta practica se los requisitos para ejecutar dicha actividad es  de la siguiente manera:

– Para obtenerla se debe llenar un formulario, con la información que detallo a continuación:

1. Nombre Completo y calidades de la persona que realiza la gestión.

2. Identificación clara y precisa de los datos e informaciones que requiere.

3. Identificación de la autoridad pública que posee la información.

4. Motivación de las razones por las cuales se requieren los datos e informaciones solicitadas.

5. Lugar o medio para recibir las notificaciones.

 

 


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