La Publicidad De Las Cuentas Anuales De Las Empresas En La República Dominicana

Cuentas anuales
Actualmente, donde a las empresas particulares, oficinas públicas, municipios o entidades sociales, que haya manejo de fondos, se exige un historial minucioso sobre la cantidad de ingresadas y egresadas. Con tal motivo la Ley del Impuesto sobre la Renta o Impuesto sobre beneficios, llevan sus apuntes para demostrar con precisión la cuantía de los ingresos netos. Contamos con la Ley 497-08 que estipula normas para el buen funcionamiento de organismos económicos y la transparencia de los mismos.

Sin embargo la publicidad de las cuentas anuales (EL Balance, la Cuenta de Pérdidas y Ganancias, el Estado de cambios en el Patrimonio Neto, el Estado de Flujos de Efectivo y la Memoria) para empresas privadas, no es obligatorio en República Dominicana. Como lo estipula la Ley de Libre acceso a la Información Pública (200-04): “Toda persona tiene derecho a solicitar y recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna, de cualquier órgano del Estado Dominicano y de todas las sociedades anónimas, compañías anónimas o compañías por acciones con participación estatal”.

A través de investigaciones realizadas en Dirección General de Impuestos Internos (DGII), cualquier persona puede tener acceso a la información financiera de las organizaciones que han publicado en la Republica Dominicana. Donde debe colocar informaciones requeridas en un formulario, tales como: Nombre Completo, identificación clara e identificación de la autoridad pública que posee la información, etc. Sin embargo nuestra gestión estatal, como se ha mencionado en las leyes anteriormente tratadas, incluye obligatoriamente a las organizaciones públicas.

Hoy en día, en los países económicamente desarrollados utilizan las publicaciones de las cuentas anuales para ser evaluadas por agentes reguladores del gobierno, para obtener entre los beneficios posibles riesgos y evaluación del mercado. De igual manera, es importante para las personas o entidades conocer las finanzas tanto de las que son o no del estado. En Europa la auditoria se observa que en 1879 se impone a los bancos la obligación de someter sus cuentas anuales. En 1900 se introduce en EEUU y en 1989 adquiere carácter obligatorio en España con la reforma mercantil de adaptación a las directivas Europeas. Sin embargo no podemos comparar una economía desarrollada con una en vía de desarrollo. Actualmente estamos trabajando para en un futuro tener tal organización en nuestras organizaciones privadas, para que así se vea la claridad de la información económico-financiera en cada una de ellas.


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