Publicacion de las Cuentas Anuales en Republica Dominicana

La publicacion de las cuentas anuales de las empresas es en mi consideración algo que genera una apreciación de claridad, transparencia y confianza al manejo de la institución que aporta firmeza a su posicionamiento.

En República Dominicana existen las siguientes leyes con relación a la publicidad de las informaciones financieras de las empresas:

La ley 479-08: Ley General de las Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada de la Republica Dominicana establece:

“Artículo 31.- Las operaciones de las sociedades comerciales se asentarán en

registros contables de acuerdo con los principios y normas contables generalmente

aceptadas, nacional e internacionalmente, conforme con las regulaciones nacionales

y por tanto deberán generar información que permita por lo menos la preparación

de estados financieros que reflejen la situación financiera, los resultados de

operaciones, los cambios en el patrimonio, los flujos de efectivo y las

divulgaciones que deberán contener las notas a los estados financieros”.

“Artículo 38.- Toda obligación a cargo de la sociedad o de los administradores de

suministrar y publicar información, quedará satisfecha mediante documentos en

formato digital o mensajes de datos que cumpla con los requisitos de validez

establecidos en la Ley de Comercio Electrónico, Documentos y Firma Digital. De

igual forma quedará satisfecha mediante la publicación de estas informaciones, con

Acceso restringido o no, en la página Web de la sociedad, si la tuviere. Los

documentos, informaciones y registros así mantenidos podrán ser admisibles como

medios de prueba y tendrán la misma fuerza probatoria otorgada a los actos bajo

firma privada”.

Fuente: www.suprema.gov.do

Sin embargo de acuerdo a la Ley 200-04: Ley General del libre acceso a la Información Pública, se establece en el artículo 17 la exoneración de publicar información a las empresas cuando se considere:

e) Información clasificada “secreta” en resguardo de

estrategias y proyectos científicos, tecnológicos, de

comunicaciones, industriales, comerciales o financieros

y cuya revelación pueda perjudicar el interés nacional;

 Fuente: www.oas.org

 En la práctica podemos apreciar que en el país solo las instituciones públicas hacen informes periódicas sobre los estados financieros con libre acceso a la información por parte de los ciudadanos.

Laura L.


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