Predicción de Gupta No. 8
Según la predicción de Gupta no. 8 nos dice que el CIO seguirá teniendo la tarea de gestión de seguridad de la información con el CISO reportando a él / ella. Unas pocas brechas de seguridad en la nube empeorarán las cosas antes de que las cosas se calmen en 2013 y más allá.
Cabe destacar que la gran cantidad de datos almacenados en la nube en nuestras empresas podría ser una brecha a la seguridad y confidencialidad si no se maneja de la forma correcta los servicios impartidos de la nube.
Una de las cuestiones básicas que preocupan a los clientes que contratan un servicio cloud es la seguridad, quizá porque surge una cierta inquietud al tener sus recursos fuera de su control, físicamente hablando. Sin embargo, éste es uno de los temas a los que las compañías dedican más esfuerzopara evitar imprevistos y actualmente existen múltiples formas de proteger la información.
A la hora de contratar un servicio cloud también hay que tener en cuenta el aspecto legal. Una de las polémicas que se plantean normalmente es la protección de los datos personales.
Se puede dar la circunstancia (como en efecto se da) de que el proveedor cloud sea de un país diferente que el cliente. En el caso de las empresas que operenen España, los servicios que contraten deben funcionar respetando la Ley de Protección de Datos (LOPD), según recoge la Agencia de Protección de Datos.
“Deben existir en los contratos unas cláusulas contractuales que recojan las garantías que exige la legislación española de protección de datos; finalidad y usos de la información, seguridad, confidencialidad devolución o traslado a otro prestador de servicios”, señalan desde la organización.