El porqué de los números de nuestra tarifa eléctrica

¿Cuántos de vosotros miráis la factura de la electricidad y no entendéis lo que significa? ¿Pagáis sin saber muy bien qué estáis pagando? Con este post queremos, al menos intentar, que esto no vuelva a pasar.

Desde 1998 el sector eléctrico español dejó de ser monopolista y hoy en día contamos con actividades reguladas (transporte y distribución) y actividades liberalizadas (producción y comercialización). Los consumidores finales pueden comprar su energía de diversas formas: mercados diario e intra-diario, contratos bilaterales y mediante los suministradores de último recurso (SUR).

Dado que la mayoría de hogares españoles pagamos la energía a un SUR, al precio fijado o tarifa último recurso (TUR), vamos a centrarnos en esta tarifa. La TUR entró en vigor el 1 de Julio de 2009 y tiene un precio único para todos los consumidores que es independiente de la empresa que les comercializa la energía (cualquier consumidor podrá elegir su suministrador de electricidad). Para poder acogerse a la TUR es necesario que la potencia sea menor o igual a 10 kW. Para saber más de esta tarifa, recomendamos visitar el siguiente enlace:

http://www.youtube.com/watch?v=rFv2SatDRrg

La facturación de la TUR se realiza mensualmente y se calcula cada tres meses de forma aditiva. El precio de la tarifa viene determinado por:

– Coste de adquisición de la energía: mediante subastas CESUR, realizadas para obtener de forma competitiva el precio para los clientes de la TUR. En ellas, se asignan contratos para el suministro de energía mediante una subasta de precio descendente. Al resultado de la subasta se añaden otros costes como los resultantes de la participación en los mercados spot y los pagos de capacidad y pérdidas. Esta subasta se realiza trimestralmente y el gobierno no puede intervenir en la misma.

– Tarifa de acceso: incorpora el precio correspondiente según el consumidor y está fijada por el gobierno.

– Gestión comercial: trata de reflejar el coste de los procesos de gestión y también está fijado por el gobierno.

ANALISIS DE LA FACTURA ELECTRICA

Lectura Real:

Consiste en la lectura que marca tu contador en la fecha que se indica en la figura.

Es posible, sin embargo, que uno de cada dos meses la lectura sea estimada, tal y como se muestra a continuación:

En este caso, se calcula en función de tu consumo durante ese mismo período el año anterior, por lo que nuestra recomendación es que espere a la factura con consumo real para verificar los importes cobrados en su conjunto. No obstante puede verificar si la estimación es correcta o no acudiendo a la factura del año anterior para las fechas dadas.

Como las lecturas no se realizan entre periodos exactos de 2 meses, su compañía debe calcular el consumo diario de electricidad en la factura real del año anterior y multiplicar ese consumo por los días incluidos en la factura estimada actual. Si considera que la estimación es incorrecta puede reclamar a su compañía, no obstante, cualquier desviación se corrige con el mes siguiente.

Toda esta situación de desconcierto con respecto a nuestra factura tarifaria se podría evitar con el simple hecho de efectuar la lectura de contadores de manera mensual. Sin embargo es evidente que las comercializadoras eléctricas de ultimo recurso, con el consentimiento del gobierno,  no están por la labor de afrontar los gastos en contratación que ello supondría, (que por cierto, nos vendría que ni anillo al dedo como capote a los tiempos de crisis en los que estamos inmersos) ofreciéndonos actualmente algunas de ellas, eso si, la posibilidad de introducir dicha lectura manualmente vía internet al usuario correspondiente. A falta de no generar trabajo, hemos de trabajar todos los españoles en tareas que no nos conciernen.

Coste Consumo:

Este coste consiste en la multiplicación del consumo realizado durante el período de tiempo reflejado (gráfica previa de consumo) por la cantidad a la que la compañía cobra el kW. Este aspecto está regulado por Real Decreto, y el recibo también indica el número y fecha del BOE en que se fijó la cuantía de dicho concepto.

En el siguiente link, se muestran los últimos valores de precios de tarifa eléctrica publicadas en el BOE a 30 de Septiembre de 2011 (estas tarifas son fijadas semestralmente por el Ministerio). En ella vemos como los valores con respecto a los fijados en el anterior decreto del 31-03-2011 han aumentado en una proporción, que a efectos del consumidor parece ínfima, pero que desde el punto de vista del Gobierno y comercializadoras supone un más que increíble aumento de sus ingresos. Y es que no queda más remedio que estas subidas continuas en la factura ante la situación de déficit que el sector vive en la actualidad, y que será explicado en la última parte de este post.

Descuentos:

Este es un buen momento para detenerse, y explicar el porqué y lo que esconden en el fondo estos descuentos, ya que es con estos valores con los que juegan las compañías, a efecto de cautivar a posibles clientes al cambio. Cuando decidimos en grupo el objetivo a explicar en este post, uno de nosotros se puso en contacto con su padre, pidiéndole que nos enviase vía mail una de sus facturas eléctricas más recientes. Tras revisar esta brevemente, nos llamó la atención la presencia de estos descuentos, por lo que nos pusimos en contacto con él de nuevo y le preguntamos sobre ello. Su respuesta literal fué: “Pues no se muy bien a que se refieren la verdad”.

El tan diseñado engaño, radica en que las compañías por lo general te comentan que te ofrecen un 10 o 15%, como es este caso, pero no sobre que lo van aplicar, que por norma general, y como aquí se refleja, suele ser el término de potencia y no el de consumo, el cual nos supondría un beneficio mucho mayor. Además, y haciendo mayor la trampa, este nuevo contrato suele ir acompañado de un incremente en el gasto del alquiler de contadores (a punto electricidad), ya que como este caso, el pago de 12,13 €/mes parece del todo excesivo.

Término de Potencia:

Consiste en el importe fijo, que la compañía cobra con respecto a la potencia que tenemos contratada. Mayormente este valor hace referencia a la utilización de sus redes eléctricas (distribución), y es un importe que se abona siempre, incluso en el caso de no haber consumido electricidad. Para los hogares españoles, las potencias contratadas más frecuentes se sitúan entre los 3,3 y 5,5 kW, sin embargo en la actualidad, las principales comercializadoras disponen de herramientas web (endesa, iberdrola) que nos ayudan en dicho cálculo, en función de los electrodomésticos o aparatos electrónicos de los que disponemos y del uso simultáneo que hagamos de los mismos, junto con la iluminación del hogar.

Impuesto especial sobre la electricidad:

Impuesto que se recauda en España, fijado por el gobierno,  para su posterior inversión en I+D+i de energías alternativas y nuevas estructuras de la red (por ejemplo, el actual desarrollo de las configuraciones “smartgrid”), para paliar la carencia por no construir nuevas centrales nucleares. Este concepto, como se refleja en el recorte de la factura, se paga sobre el consumo de la electricidad y la potencia contratada y está cifrado en un 4,864%.

A punto electricidad (ó, alquiler de equipos de medida):

Cuando el consumidor no es el propietario del contador, la distribuidora le cobra su alquiler con la misma periodicidad que su factura, cuyo coste es fijado periódicamente por el Gobierno.

IVA e IGIC:

El impuesto sobre la electricidad está a su vez gravado con el 18% de IVA, IGIC en el caso de que vivas en Canarias.

EL DEFICIT TARIFARIO

El déficit de tarifas es la diferencia entre el total recaudado por las tarifas integrales y tarifas de acceso  (que  fija  la  Administración  y  que  pagan  los  consumidores  por  sus  suministros  regulados  y competitivos, respectivamente) y los costes reales asociados a dichas tarifas (principalmente transporte y distribución)

Las diferencias entre la recaudación por tarifas integrales y de acceso y los costes reales de las mismas se originan básicamente de dos maneras – errores de estimación y decisiones regulatorias del Gobierno.

Sin embargo, estos errores de previsión sólo crearían un déficit coyuntural (y no estructural), siempre y cuando, la probabilidad de error al alza y a la baja fuera la misma a lo largo de los años. Los errores en sentido positivo (sobre-recaudación) compensarían los errores en sentido negativo (infra-recaudación), con lo que a largo plazo el déficit promedio tendería a ser nulo.

Existe  divergencia  entre  los  costes  reales  esperados  y  los  costes  “deseados”  por  el  regulador y los Gobiernos han preferido incluir  en el proceso de cálculo de  las tarifas el “coste deseado” del suministro, en vez del “coste real esperado”.

Esta contención de las tarifas, sin embargo, no conlleva un menor ingreso de las empresas que realizan actividades  eléctricas 1 puesto  que,  por  imperativo  legal,  éstas  deben  ser  retribuidas  según  su  coste reconocido,  cuando  son  actividades  reguladas (redes)  y  según  el  precio  que  emana  de  los  mercados mayoristas  cuando  son  actividades  liberalizadas  (generación).

Esta forma de proceder por parte de los gobiernos da lugar a un déficit estructural cada vez más elevado y difícil de mantener, que tiene efectos sobre el desarrollo de la competencia en los mercados y sobre las señales económicas que reciben generadores y demanda.

A finales de 2010 se situaba el déficit por encima de los 20.000 millones de euros. De seguir en esta tendencia y si los gobiernos no ponen freno a la situación podríamos llegar a los 40.000 millones de euros en 2020.

Para evitar esta tendencia, poco a poco habrá que hacer incrementos progresivos en las tarifas hasta que lleguen a converger los ingresos con los costes. Así mismo el transporte, la distribución y las primas de régimen especial deben ser revisadas para detectar donde existe un exceso o un déficit de retribución. Esto ya sucede con las primas de régimen especial que van disminuyendo progresivamente a medida que se recupera la inversión de la instalación.

El reto es intentar que el déficit no crezca para 2013 para lo cual habrá que aumentar un 10% en estos dos años la tarifa, y a partir de ahí aumentarla con una tendencia de un 3,5%.

 

GRUPO 4:

Bueno Serrano, Álvaro

Diez Maroto, María

Medal Rendal, Alfonso

 

 


Suscribirse a comentarios Respuestas cerradas. |

Comentarios cerrados.


Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies