DISCUSIÓN SOBRE LAS COP 17, 18 y 19. EFECTO SOBRE EL PROTOCOLO DE KYOTO. ASPECTOS FINANCIEROS
A continuación se presenta una breve discusión sobre la influencia de las decisiones de las Conferencias COP 17 (Durban), COP 18 (Doha) y COP 19 (Varsovia) sobre la ampliación del protocolo de Kyoto.
Dada la extensión del texto de las decisiones de las conferencias, se ha optado por centrar esta discusión en destacar varias medidas FINANCIERAS incluidas en estas decisiones que tienen como objeto seguir promoviendo actuaciones enfocadas a promover el desarrollo sostenible. En la mayoría de los casos, estas medidas financieras tienen repercusiones en los marcos reguladores (nacionales e internacionales) dado que, para ser llevadas a cabo, necesitan que se articulen los mecanismos legales necesarios.
Asimismo, se ha decidido focalizar este primer post en el aspecto económico y financiero con objeto de resaltar el hecho de que la mayoría de los esfuerzos que se deben realizar para apoyar el desarrollo sostenible requieren de un notable esfuerzo económico, el cual no es fácil de conseguir en la situación económica mundial actual. Incluso hace 10 años (sin la crisis financiera mundial actual), luchar contra el cambio climático y a favor del desarrollo sostenible también era un reto muy difícil de conseguir. No olvidemos que los fondos para luchar contra el cambio climático son mayormente dinero público (lo pagamos entre todos, aunque buena parte proviene de personas o entidades privadas) que se quita de otros fines sociales (p.e. mejora de carreteras, hospitales, educación…), aunque sea una inversión más que necesaria a medio y largo plazo.
A continuación se presenta el texto concreto de cada COP (17, 18 y 19) por cada tema o decisión que se ha juzgado destacable en el ámbito financiero. Las fuentes de información se citan al final del artículo:
– Decisión 2: Resultado de la labor del Grupo de Trabajo Especial sobre la cooperación a largo plazo en el marco de la Convención (COP 17) + Decisión 4: Programa de trabajo sobre la financiación a largo plazo (COP 18) + Decisión 3: Long-term climate finance (COP 19)
COP 17: Pide al Grupo de Trabajo Especial sobre la cooperación a largo plazo en el marco de la Convención que estudie la cuestión del acceso equitativo al desarrollo sostenible, mencionada en la decisión 1/CP.16, en un taller que tenga lugar en su siguiente período de sesiones; el Grupo de Trabajo Especial sobre la cooperación a largo plazo en el marco de la Convención deberá informar sobre este taller a la Conferencia de las Partes como parte de su labor;
COP 18: Decide prorrogar por un año el programa de trabajo sobre la financiación a largo plazo, hasta el final de 2013, con el objetivo de orientar los esfuerzos de las Partes que son países desarrollados por encontrar formas de movilizar un aumento de la financiación para hacer frente al cambio climático hasta 100.000 millones de dólares de los Estados Unidos anuales para el año 2020, aportados por fuentes públicas, privadas y alternativas en el contexto de una labor significativa de mitigación y de una aplicación transparente, y de orientar a las Partes en la mejora de sus entornos propicios y de sus marcos de política para facilitar la movilización y el despliegue efectivo de fondos destinados a combatir el cambio climático en los países en desarrollo;
COP 19: Urges developed country Parties to maintain continuity of mobilization of public climate finance at increasing levels from the fast-start finance period in line with their joint commitment to the goal of mobilizing USD 100 billion per year by 2020 from a wide variety of sources, public and private, bilateral and multilateral, including alternative sources, in the context of meaningful mitigation actions and transparency of implementation;
– Decisión 3: Puesta en marcha del Fondo Verde para el Clima (COP 17) + Decisión 6: Informe del Fondo Verde para el Clima a la Conferencia de las Partes y orientación al Fondo Verde para el Clima (COP 18) + Decisión 4: Report of the Green Climate Fund to the Conference of the Parties and guidance to the Green Climate Fund (COP 19)
COP 17: Decide designar al Fondo Verde para el Clima como una de las entidades encargadas del funcionamiento del mecanismo financiero de la Convención, de conformidad con el artículo 11 de la Convención y con arreglo a los acuerdos que concierte con el Fondo en su 18º período de sesiones para asegurar que el Fondo rinda cuentas a la Conferencia de las Partes y funcione bajo su orientación con el fin de apoyar proyectos, programas, políticas y otras actividades en las Partes que son países en desarrollo;
COP 18: a) Elaborará un procedimiento transparente y de aprobación tácita, que se aplicaría por conducto de las autoridades nacionales designadas a que se hace referencia en el párrafo 46 del instrumento rector2, para asegurar la coherencia con las estrategias y los planes nacionales sobre el clima y la aplicación de un enfoque basado en las demandas de los países, y para prever una financiación directa e indirecta eficaz de los sectores público y privado por el Fondo Verde para el Clima, y estableciera este procedimiento antes de la aprobación de las propuestas de financiación por el Fondo;
b) Distribuyera equilibradamente los recursos del Fondo Verde para el Clima entre las actividades de adaptación y de mitigación;
c) Consiguiera financiación destinada al Fondo Verde para el Clima, teniendo en cuenta lo dispuesto en los párrafos 29 y 30 del instrumento rector, para facilitar su rápida puesta en funcionamiento, y estableciera las políticas y los procedimientos necesarios para hacer posible un proceso de reposición de recursos pronto y adecuado;
COP 19: Urges the Board to finalize as soon as possible the essential requirements to receive, manage, programme and disburse financial resources in line with the approved workplan of the Board so that the Green Climate Fund can commence its initial resource mobilization process as soon as possible and transition subsequently to a formal replenishment process;
– Decisión 9: Fondo para los Países Menos Adelantados (COP 17) + Decisión 10: Orientación adicional al Fondo para los Países Menos Adelantados (COP 18) + Decisión 9: Work programme on results-based finance to progress the full implementation of the activities referred to in decision 1/CP.16, paragraph 70 (COP 19)
COP 17: a) Siga facilitando a los países menos adelantados información que aclare las bases de referencia de los proyectos y la solicitud para la obtención de financiación del Fondo para los Países Menos Adelantados, con vistas a elaborar y ejecutar proyectos en el marco de los programas nacionales de adaptación a fin de hacer frente a los efectos del cambio climático;
b) Apoye la adopción de un enfoque programático en la ejecución de los programas nacionales de adaptación de las Partes que son países menos adelantados que así lo deseen;
c) Siga estudiando las formas de simplificar el ciclo de los proyectos financiados con cargo al Fondo para los Países Menos Adelantados, en particular durante la fase de preparación de los proyectos;
d) Continúe mejorando el suministro de información a los países menos adelantados sobre el proceso de desarrollo de proyectos en relación con aquellos proyectos que se estén examinando en el marco del Fondo para los Países Menos Adelantados;
COP 18: Siga movilizando recursos para asegurar la plena ejecución del programa de trabajo en favor de los países menos adelantados, incluida la aplicación de los elementos del programa de trabajo que no son los programas nacionales de adaptación, por medio, entre otras cosas, del fomento de la capacidad para aumentar la coordinación en los distintos niveles de gobierno y entre los diferentes sectores al objeto de mejorar la ejecución de los proyectos en las Partes que son países menos adelantados, en lo que respecta a la aplicación de la Convención;
COP 19: Recognizes the importance of incentivizing non-carbon benefits for the long-term sustainability of the implementation of the activities referred to in decision 1/CP.16, paragraph 70, and noting the work on methodological issues referred to in decision 1/CP.18, paragraph 40;
— GRUPO 4 —
Referencias:
– Decisiones COP 17-Durban:
http://unfccc.int/meetings/durban_nov_2011/session/6294/php/view/decisions.php
– Decisiones COP 18-Varsovia:
http://unfccc.int/meetings/doha_nov_2012/session/7049/php/view/decisions.php
– Decisiones COP 19-Doha:
http://unfccc.int/meetings/warsaw_nov_2013/session/7767/php/view/decisions.php
– Protocolo de Kyoto:
http://unfccc.int/resource/docs/convkp/kpspan.pdf