El papel de los proveedores de servicios ISP con la Ley SOPA/PIPA
Los proveedores de servicios de internet se han visto envueltos en la vorágine de las nuevas reformas legales que se proponen desde Estados Unidos y que van orientadas, a priori, a defender los derechos de autor de ciertos colectivos. Mientras unos acusan y otros se defienden, la obligación y responsabilidad de cumplir la ley queda en mano de los proveedores de servicios.
La Ley SOPA, tras las últimas protestas de los internautas, ha quedado paralizada al menos de momento. Sin embargo, la Ley PIPA avanza con paso firme y es ésta última la que más problemas podría causar a los proveedores ISP
¿Qué se verían obligados a hacer los proveedores de servicios? En un principio surgió la idea, para restringir el acceso a páginas que supuestamente infringiesen la ley pidiéndoles a los proveedores que restringiesen el acceso a los nombres de dominio de los sitios infractores (DNS, sistema que “traduce” a lenguaje comprensible a los usuarios el código binario que resuelven los servidores). De este modo un ISP podría impedir la entrada a una web mediante su “nombre” aunque no impediría el acceso mediante su IP. Es por ello que surge la Ley PIPA (“The PROTECT IP Act”) para solventar el problema de inefectividad. Este Ley lo que busca es restringir el acceso mediante el bloqueo de las direcciones IP (que es el protocolo que permite localizar las web, entre otros, en internet). En este caso, de nuevo sería el proveedor el responsable de impedir el acceso y en última instancia de suprimir el servicio de acceso a internet del usuario.
Por supuesto, en su gran mayoría los proveedores de servicio se oponen a estas leyes que irían en contra de sus intereses y que además les conllevaría una mayor responsabilidad y por tanto mayor coste a la hora de proveer el servicio. Cuestión esta última que podría influir negativamente en el precio de prestación del servicio a unos usuarios que quizá ya no demandaran tanto ancho de banda y por tanto exigiesen precios menores. En cualquier caso, tanto la Ley SOPA como la PIPA “criminalizan” la labor de los ISP simplemente por meros intermediarios entre dos partes que supuestamente incurren en un delito (aún no con la ley vigente) ¿Se debe hacer responsable a un actor ajeno cuando la ley debería ser simplemente bidireccional? Es decir, y poniendo un símil ¿Es responsable un taxista que transporte a un cliente a un negocio ilegal sin saberlo? No, y el taxista no tendría por qué mediar. Sí, se hace partícipe a los intermediarios aquí teneis unos cuantos proveedores de servicios (los primero que he visto) donde quizá también se les podrían pedir responsabilidades ¿Quién sabe?
La ley ha de actuar sin intermediarios y de este modo será efectiva y atendiendo a la presunción de inocencia sin involucrar a terceros.