Publicación de las Cuentas Anuales en República Dominicana.
La transparencia es esencial para que la información financiera sea fiable y cumpla con las leyes establecidas.
Las cuentas anuales de las empresas deben ser presentadas con claridad, organización y veracidad, mostrando la situación financiera, los resultados del ejercicio y el patrimonio.
La información financiera es importante para todos los individuos que transforman recursos económicos en bienes valiosos para los consumidores o servicios, para los sindicatos, bancos y todo el que necesite información de los resultados de las operaciones de una empresa por distintos motivos.
En la República Dominicana se han promulgado varias leyes para regir la publicación de las cuentas anuales de las empresas según el tipo y condición:
Ley 19-00 Mercados de Valores, La creación de la ley fue la respuesta a la necesidad de promover y regular el mercado de valores dominicano, para que el desenvolvimiento de sus participantes se verifique dentro de un marco de la transparencia y eficiencia económica.
En su artículo 15 nos dice que la información financiera anual que proporcionen los emisores de valores a la Superintendencia de Valores y a las bolsas, deberá estar auditada por auditores externos inscritos en el registro del mercado de valores y de productos, de acuerdo con las disposiciones establecidas en el reglamento de esta ley.
Todas estas informaciones serán publicadas de manera general en las memorias de la Bolsa de Valores de la Republica Dominicana.
Ley No. 479-08 sobre modificada por la Ley No. 31-11, sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada.
En el artículo 40 expresa que los estados financieros y el informe de gestión aduanal debe ser publicado en la página web de la sociedad, si la tuviere.
Cabe destacar que es común ver en los medios de comunicación escrita de circulación nacional los estados financieros de algunas de las entidades del país.
Ley 200-04 General de Libre Acceso a la Información Pública, establece que toda persona tiene derecho a solicitar y a recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna, de cualquier órgano del Estado Dominicano, y de todas las sociedades anónimas, compañías anónimas o compañías por acciones con participación estatal.
La citada Ley permite el derecho a toda persona a solicitar, recibir y difundir información completa, veraz, adecuada y oportuna de cualquier órgano e institución del Estado Dominicano.
En nuestro país para obtener información financiera de las instituciones públicas o empresas privadas, se debe llenar un formulario o visitar las páginas de Web.
El formulario de las instituciones públicas debe tener las siguientes informaciones:
- Nombre completo del solicitante.
- Descripción clara y precisa de la información requerida.
- Motivaciones de las razones por las cuales se requieren los datos e informaciones solicitadas.
- Medio para recibir las informaciones.
- Copia de la cédula de identidad.


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