UNA REFORMA MÁS
El pasado 10 de Febrero se aprobó por decreto ley una nueva reforma laboral con la intención de acabar con la sangría de parados que existe en España e intentar conseguir un modelo que ayude a la creación de empleo en los próximos años.
La necesidad de una reforma en el mercado de trabajo no solo atiende a razones coyunturales por la situación de crisis que atraviesa la economía española, sino también a problemas estructurales que han provocado que en momentos difíciles para la economía, lo que más se resienta sea el mercado laboral, con todas las connotaciones negativas que ello conlleva no solo a nivel social, sino a nivel económico.
La crisis ha sido un duro golpe para todas las economías del mundo, pero en cambio no ha afectado al mercado laboral de la misma manera en unos países que en otros. Así Alemania ha sido un país en el que la tasa de paro ha descendido en los mismos años en los que en España ha continuado su progresión alcista.
PARO EN ALEMANIA
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PARO EN ESPAÑA
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El paro en España está sufriendo una escalada que aun no ha tocado techo y por lo tanto se hacía necesaria una reforma en el mercado de trabajo a nivel estructural. Esto es lo que ha pretendido el Gobierno con la aprobación de esta reforma laboral, pero en principio y según la opinión de numerosos expertos, no se trata de una reforma con el calado suficiente. Solo el tiempo nos dirá los resultados, aunque tiempo es precisamente de lo que no disponemos.
La reforma aborda cuatro puntos importantes: la dualidad del mercado de trabajo, la flexibilidad interna abaratando el despido, la intermediación laboral a través de las empresas de trabajo temporal, y el apoyo a la contratación de los colectivos más afectados por la crisis como los jóvenes.
La reforma no ha actuado sobre el problema de la dualidad, ya que no ha suprimido los contratos temporales ni ha reducido drásticamente las diferencias entre éstos y los indefinidos. En relación a los contratos indefinidos se crea una nueva modalidad de contrato de apoyo a los emprendedores, aunque el artículo de la ley realmente no hace referencia a los mismo, sino a empresas de menos de 50 trabajadores.
También se crea una nueva modalidad de contrato a tiempo parcial en el cual se deja abierta la posibilidad a la realización de horas extra, lo cual en el fondo supondrá en muchos casos la picaresca de contratar trabajadores a tiempo parcial pero que en realidad terminaran realizando jornadas de trabajo a tiempo completo.
Si se dan en cambio bonificaciones por la sustitución de determinados contratos temporales o en prácticas por contratos indefinidos.
En el caso de los contratos indefinidos se produce un abaratamiento importante en el coste de despido, al poder aducir causas económicas, técnicas o de producción, siempre controladas por la autoridad laboral, pero que en la práctica conllevará a una sangría de trabajadores en los próximos meses. Es quizás una buena oportunidad para las empresas a largo plazo en la contratación de nuevos trabajadores, pero a corto plazo el precio que tendremos que pagar será el de un aumento previsible del paro hasta que se produzca un ajuste generalizado en las empresas.
Otro de los puntos que más polémica causara a nivel social será el de darle prioridad a los convenios de empresa sobre los convenios estatales y autonómicos. Ello hará que cada empresa pueda negociar con su comité de empresa las condiciones de los trabajadores ajustándose a las condiciones del momento. En principio puede ser algo positivo puesto que permite particularizar cada caso dentro de la situación en que se encuentre cada una de ellas, en lugar de aplicar un convenio general que no tiene en cuenta ni las características ni la situación de cada una de las empresas.
Si se aplican medidas interesantes en materia de intermediación laboral al reformar el marco regulador de las empresas de trabajo temporal, lo cual permitirá que actúen como agencias de colocación y supondrá un aumento en los niveles de contratación a través de las mismas debido a la comprobada ineficiencia hasta el momento de los servicios públicos de empleo.
Otra de las medidas importantes que se da en esta reforma laboral es el apoyo al colectivo de jóvenes con la creación de un contrato en formación y aprendizaje para jóvenes de entre 16 y 25 años, así como para discapacitados, que tendrá una bonificación para las empresas con menos de 250 trabajadores.
No toca esta reforma los sistemas de cotización a la seguridad social, salvo en el caso de las bonificaciones anteriormente descritas, sin realizar una modificación importante a nivel estructural como se había comentado en los últimos meses adoptando modelos parecidos a los de otros países de la Unión Europea.
En resumen esta reforma nos va a dejar en el corto plazo un posible aumento en el número de parados que según algunas estimaciones podría llegar a los seis millones a lo largo del 2.012, aunque se espera que a medio y largo plazo favorezca la contratación sobre todo con las medidas que aumentan la flexibilidad y con la importante rebaja en los costes de despido. Sería importante también acompañar esta reforma con otra en educación que permitiera a largo plazo una mejor formación de los jóvenes y con ello conseguir un mayor nivel de competitividad a nivel social y laboral de las personas que constituirán el futuro de la sociedad.
Una vez mas solo el tiempo dirá cuales son los resultados que se obtendrán, aunque según la mayoría de expertos no se ha profundizado lo suficiente y esta reforma no es sino una reforma más…