Diferencia entre revisiones de «Como se aplican. Guía para la Implantación de Planes de Igualdad en Igualdad»

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|Introducción=En el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva entre mujeres y hombres, se establece que las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, medidas que deberán negociar, y en su caso acordar, con los representantes legales de los trabajadores en la forma que se determine en la legislación laboral.
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|Introducción=En el artículo '''45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo''', para la Igualdad efectiva entre mujeres y hombres, se establece que las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, medidas que deberán negociar, y en su caso acordar, con los representantes legales de los trabajadores en la forma que se determine en la legislación laboral.
 
En el caso de [http://www.igualdadenlaempresa.es/c/document_library/get_file?uuid=a5b2ffce-ad2a-452c-906d-9f5cc1bae1e0&groupId=10136 las empresas de más de doscientos cincuenta trabajadores], las medidas de igualdad a que se refiere el apartado anterior deberán dirigirse a la elaboración y aplicación de un [http://www.inmujer.es/ss/Satellite?blobcol=urldata&blobheader=application%2Fpdf&blobheadername1=Content-disposition&blobheadervalue1=inline&blobkey=id&blobtable=MungoBlobs&blobwhere=1244651952845&ssbinary=true plan de igualdad] ... que deberá ser asimismo objeto de negociación en la forma que se determine en la legislación laboral.
 
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Sin perjuicio de enunciado anteriormente, las empresas deberán elaborar y aplicar un plan de igualdad cuando así se establezca en el convenio colectivo que sea aplicable, y en los términos previstos en el mismo.
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Sin perjuicio de enunciado anteriormente, [http://www.igualdadenlaempresa.es/c/document_library/get_file?uuid=a5b2ffce-ad2a-452c-906d-9f5cc1bae1e0&groupId=10136 las empresas deberán elaborar y aplicar un plan de igualdad] cuando así se establezca en el convenio colectivo que sea aplicable, y en los términos previstos en el mismo.
La elaboración e implantación de planes de igualdad será voluntaria para las demás empresas, previa consulta a la representación legal de los trabajadores y trabajadoras.
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Revisión actual del 15:18 27 feb 2012


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Wikilibro: Igualdad > Capítulo 5: Los planes de igualdad

Sección 2

Como se aplican. Guía para la Implantación de Planes de Igualdad
En el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva entre mujeres y hombres, se establece que las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, medidas que deberán negociar, y en su caso acordar, con los representantes legales de los trabajadores en la forma que se determine en la legislación laboral.

En el caso de las empresas de más de doscientos cincuenta trabajadores, las medidas de igualdad a que se refiere el apartado anterior deberán dirigirse a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad ... que deberá ser asimismo objeto de negociación en la forma que se determine en la legislación laboral. Sin perjuicio de enunciado anteriormente, las empresas deberán elaborar y aplicar un plan de igualdad cuando así se establezca en el convenio colectivo que sea aplicable, y en los términos previstos en el mismo.

La elaboración e implantación de planes de igualdad será voluntaria para las demás empresas, previa consulta a la representación legal de los trabajadores y trabajadoras.

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