Los derechos del autor en Propiedad intelectual

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Wikilibro: Propiedad intelectual

Capítulo 5

Los derechos del autor

Resumen

La propiedad intelectual abarca una esfera heterogénea de derechos, de titulares de los mismos y de objetos sobre los que recaen los derechos (ver cuadros de derechos). En general, es un conjunto de derechos o facultades de dos clases bien diferenciadas:

- Morales: inherentes a la persona, por lo que solo se reconocen a personas físicas: autores, artistas intérpretes o ejecutantes, directores de escena y de orquesta (con la excepción de la posible atribución a personas jurídicas en los casos de la obra colectiva, art. 8 LPI y del programa de ordenador art. 97LPI)

- Patrimoniales: de carácter económico que son aquellos que facultan a sus titulares a autorizar o prohibir la explotación de la obra o a percibir una remuneración por la explotación autorizada legalmente.

Otra clasificación de los derechos de propiedad intelectual remite a sus titulares:

- Derechos de autor.

- Derechos afines. Los reconocidos a artistas intérpretes o ejecutantes, directores de escena y de orquesta, productores de fonogramas y grabaciones audiovisuales, editores, divulgadores de obra inédita, entidades de radiodifusión y realizadores de mera fotografía.

- Derechos sui generis. Los reconocidos al fabricante de bases de datos.

La diferenciación entre los derechos del autor y los derechos conexos o afines es más propia del sistema jurídico continental, pero no existe con esta rotundidad en el sistema anglosajón, donde se da un tratamiento mas unitario a los derechos de PI. Por otra parte no todas las legislaciones nacionales reconocen los mismos derechos.


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