La protección de la identidad corporativa, signos distintivos en Propiedad industrial
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Sección 2
Entre los elementos que integran el patrimonio de la empresa existe un grupo de bienes inmateriales que el empresario necesita para el desarrollo de la imagen de su empresa y la penetración y consolidación de sus productos y servicios en el mercado. Se trata de los signos distintivos de la empresa la marca y el nombre comercial.
Estos instrumentos sirven asimismo para que lo consumidores puedan diferenciar su empresa y los frutos de la misma de las empresas y los frutos de los empresarios competidores. Contenido |
Las marcas
Se entiende por marca todo signo que sirve para distinguir en el mercado los productos o servicios de una empresa, de los productos o servicios idénticos o similares de la competencia.
Las marcas sirven - Para individualizar productos y servicios. - Para indicar a los consumidores el origen empresarial de dichos productos y servicios. - Para informar que todos los productos y servicios identificados por la misma marca tienen una calidad constante. - Para condensar en este signo el prestigio o la buena fama de los productos y los servicios identificados con dicha marca, adquieran en el mercado. - Para realizar y reforzar la función publicitaria.
- Denominativas: denominaciones arbitrarias o de fantasía, cifras, letras.. - Gráficas: símbolos gráficos, logotipos, dibujos, .. - Mixtas: combinación de elementos denominativos y gráficos - Tridimensionales: como los envases - Sonoras: sonidos que puedan ser representados gráficamente
Se distinguen las siguientes clases de marcas: - Marca de producto y marca de servicio: Individualizan productos y servicios respectivamente. - Marca colectiva: sirven para distinguir en el mercado los productos o servicios de una asociación. Por ejemplo asociaciones de fabricantes, comerciantes, etc. - Marca de garantía: Certifica las características comunes de los productos o servicios elaborados o distribuidos por personas debidamente autorizadas y controladas por el titular de la marca. Estas marcas cumplen una función de garantía, pues garantizan determinadas características de los productos o servicios.
El derecho sobre la marca se adquiere por el registro válidamente efectuado en la OEPM. Únicamente las marcas renombradas y notorias (aquellas que como consecuencia de su uso intensivo en el mercado y en la publicidad son, respectivamente, ampliamente conocidas por los consumidores o por los sectores interesados) no inscrita, recibe cierta protección bajo la Ley de Marcas. Aunque el derecho otorgado por la marca es exclusivo, nada impide que dos signos idénticos o parecidos puedan convivir en el mercado y en la OEPM, cuando distinguen productos o servicios perfectamente diferenciados. (Regla de la especialidad).
La duración es de 10 años renovables indefinidamente por periodos de tiempo también de 10 años.
Las marcas se registran en relación con productos y servicios. Para facilitar la labor administrativa éstos han sido agrupados en 45 clases diferentes a efectos del registro de marcas (Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el registro de las Marcas, Clasificación de Niza). Cada clase comprende una pluralidad de productos o servicios relacionados entre sí. En la página web de la OEPM se puede consultar la base de datos de la Clasificación de Productos y Servicios para el registro de las Marcas.
Es conveniente antes de solicitar una marca asegurarse de que está disponible, es decir, de que un signo idéntico o semejante no ha sido anteriormente registrado para productos o servicios idénticos o similares.
A través del “Localizador de Marcas” de la página web de la OEPM, puede hacerse una búsqueda de antecedentes registrales con efectos en España de signos idénticos a una determinada denominación.
Existen tres vías para el registro de las marcas, la nacional, la comunitaria y la internacional. La vía Nacional, en España ante la OEPM, concediéndose la marca para todo el territorio nacional. La normativa aplicable es la Ley 27/2001 de marcas y su Reglamento de ejecución (RD687/2022). En la Pagina web de la OEPM (www.oepm.es) se puede descargar el “Manual para el solicitante de marcas” con toda la información necesaria para solicitar una marca e información sobre el procedimiento de concesión en España. También se pueden descargar, entre otros, los folletos informativos “El secreto está en la marca”, “Cuestiones básicas acerca de marcas y nombres comerciales” y “A un click de la solicitud de marcas y nombres comerciales”. La Marca Comunitaria, a través del Reglamento de la Marca Comunitaria se pueden depositar solicitudes en la OEPM para su traslado a la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI) de Alicante. Este procedimiento de registro de marca comunitaria permite obtener protección mediante una única solicitud en la totalidad de los países de la Unión Europea (27). En la pagina web de la OAMI, www.oami.europa.eu , en el apartado de preguntas frecuentes (FAQ) se encuentra toda la información acerca de la marca comunitaria y su procedimiento de concesión. La normativa aplicable la constituyen los Reglamentos sobre la marca comunitaria. Video acerca de la OAMI http://oami.europa.eu/videos/Corporativo_A_ES.mp4 La Marca Internacional, a través del Registro Internacional de Marcas, se puede obtener protección en hasta 81 países depositando una única solicitud y pagando una única tasa. Se pueden depositar las solicitudes de marcas internacionales en la OEPM para su traslado a la Oficina Internacional de Ginebra (OMPI). El sistema de registro internacional de marcas se rige por dos tratados, el Arreglo de Madrid relativo al Registro Internacional de Marcas, y el Protocolo concerniente al Arreglo de Madrid, ambos tratados son administrados por la OMPI. En la página web de la OMPI se puede descargar la Guía para el Registro Internacional de Marcas según el Arreglo de Madrid y el Protocolo de Madrid (Sistema de Madrid). Video de la OMPI sobre el Sistema de Madrid http://www.wipo.int/multimedia/en/madrid/madrid_spot/index.htm
Cada año se registran en España alrededor de 44.000 marcas, fundamentalmente por residentes en España, optando las empresas extranjeras por utilizar las otras vías de registro, ya sea Comunitaria o Internacional. En el año 2011 se han solicitado en la OAMI más de un millón de marcas comunitarias, de las cuales 7.381 corresponden a solicitudes de residentes en España. En cuanto al Sistema de Madrid, en el año 2011 se solicitaron 40.700 marcas internacionales, de las cuales 558 correspondieron a solicitudes de residentes en España. |
Imágenes y recursos Imágenes Ejemplo de tipo de marca. Fuente: folleto de la OEPM "El secreto está en la marca" Ejemplo de tipo de marcas. Fuente: Folleto de la OEPM "El secreto está en la marca" Ejemplo de clases de marcas. Fuente: Folleto de la OEPM "El secreto está en la marca" Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el registro de las marcas, Clasificación de Niza. Página web de la OEPM. |
Los nombres comerciales
Se entiende por nombre comercial el signo o denominación que sirve para identificar a una empresa en el tráfico mercantil y distingue su actividad de idénticas o similares de las demás empresas.
Se aplica al nombre comercial las disposiciones, reglas y principios que rigen en materia de marcas, en la medida que no sean incompatibles con su naturaleza.
En el año 2011 se han solicitado en España 5.000 nombres comerciales por parte de residentes en España. |
Imágenes y recursos Imágenes Ejemplo de nombre comercial Fuente pagina web de la OEPM |
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