Derecho comunitario europeo de la propiedad intelectual e industrial en Propiedad industrial
Wikilibro: Propiedad industrial > Capítulo 5: La protección de los derechos de propiedad intelectual e industrial: regulación internacional |
Sección 2
Normativa comunitaria creando sistemas centralizados de protecciónEn Europa, el impulso de la Unión Europea implica una mayor armonización jurídica de las legislaciones y procedimientos para obtener una protección a la innovación. Principales Directivas y Reglamentos comunitarios La Unión Europea ha estado muy activa en los últimos años impulsando un gran proceso de armonización legislativa e integración europea. Debe distinguirse aquí por una parte normas que han creado sistemas de protección únicos y centralizados y normas de mera armonización de las legislaciones nacionales en la materia. Dentro del grupo de sistemas de protección centralizados debe destacarse por su importancia las siguientes: El Reglamento de la Marca Comunitaria que crea una marca para la totalidad de la Unión Europea concedida en un único procedimiento de registro. La marca comunitaria coexiste y no reemplaza a los sistemas nacionales de marca. http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2009:078:0001:0042:ES:PDF
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Normativa comunitaria sobre derecho de autorEn derecho de autor, la Unión Europea ha realizado una importantísima armonización de las normas aplicables mediante Directivas europeas que obligan a los estados miembros a modificar sus normas nacionales. Se han aprobado así, directivas armonizando: - el plazo de duración de la protección de los derechos de autor. http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=CELEX:32006L0116:ES:HTML -el derecho de participación en beneficio del autor de una obra de arte original. - derechos de alquiler y préstamo y otros derechos afines a los derechos de autor en el ámbito de la Propiedad Intelectual. - derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en el ámbito de la radiodifusión vía satélite y de la distribución por cable. - la protección jurídica de las bases de datos. - la protección jurídica de los servicios de acceso condicional o basados en dicho acceso. - la protección jurídica de los programas de ordenador. |
Normativa comunitaria sobre derecho de patentesEn patentes, además de los intentos hasta ahora infructuosos de aprobar la patente comunitaria se ha aprobado una directiva sobre invenciones biotecnológicas. Además se han creado los certificados complementarios de protección mediante Reglamentos comunitarios. Estos implican extender la protección legal durante unos años para innovaciones en algunos campos en los que es necesaria autorización administrativa para comercializar el producto. Tienen gran importancia económica en el sector de los medicamentos al extender la protección de algunas innovaciones en este campo. http://europa.eu/legislation_summaries/other/l21156_es.htm
Y por último el Reglamento sobre medidas en frontera que permite impedir la entrada de productos pirata en la Unión Europea. http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=CELEX:32003R1383:ES:HTML Debe mencionarse también la el proyecto fracasado de directiva sobre la patentabilidad de los programas de ordenador. En la práctica en Europa los programas de ordenador tienen dos vías de protección: por derecho de autor que va a proteger frente a la piratería, frente a las copias exactas, y el derecho de patentes, en el que, con importantes restricciones, se puede llegar a obtener protección en algunos casos de las funciones realizadas por los programas: Así si la invención requiere para su puesta en práctica la utilización de un ordenador, una red informática u otro aparato programable en los que la ejecución de al menos, un programa informático produce un efecto técnico que forma parte de la solución al problema técnico planteado. http://vicinv.ujaen.es/files_vicinv/2010_Patentabilidad_Programas_Ordenador.pdf |
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