Alcance de la protección en Directrices protección topografías semiconductores

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Wikilibro: Directrices protección topografías semiconductores > Capítulo 2: El modo de protección

Sección 1

Alcance de la protección
A los efectos de la Ley 11/1988 y según el artículo 1:

1.- Un producto semiconductor es la FORMA FINAL o INTERMEDIA de cualquier producto:

  1. Constituido por un sustrato que incluya una capa de material semiconductor.
  2. que tenga una o más capas suplementarias de materiales conductores, aislantes o semiconductores, dispuestas en función de una estructura predeterminada.
  3. destinado a desempeñar, exclusivamente o junto con otras funciones, una función electrónica

2.- Topografía de un producto semiconductor: está constituido por una serie de imágenes interconectadas, sea cual fuere la manera en que estén fijadas o interconectadas:

  1. Que representen la estructura tridimensional de las capas que componen el producto semiconductor.
  2. en la cual cada imagen tenga la estructura o parte de la estructura de una de las superficies del producto semiconductor en cualquiera de sus fases de fabricación.

3.- Explotación comercial: la venta, el alquiler, el arrendamiento financiero o cualquier otro método de distibución comercial o una oferta con dichos fines.

La Ley también establece cuáles son:

  • Los requisitos de protección.
  • Derecho a la protección.
  • Cómo debe efectuarse el registro de la topografía.
  • Cuál es el contenido de los derechos exclusivos.
  • Licencias obligatorias.
  • Duración de la protección.
  • Acciones por violación de derechos exclusivos.
  • Signos indicativo de la protección.
  • Mantenimiento de otras disposiciones legislativas.

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Procedimiento de concesión I: presentación y requisitos