¿Qué puede registrarse como diseño industrial? en Diseños industriales

De wiki EOI de documentación docente
Saltar a: navegación, buscar


Estado de desarrollo de la sección: esbozo esbozo

Wikilibro: Diseños industriales > Capítulo 3: Protección de los diseños industriales

Sección 3

¿Qué puede registrarse como diseño industrial?
Por norma general, para poder registrar un diseño, en España éste debe cumplir dos requisitos:
  1. El diseño debe ser “nuevo”. Se considera que un diseño es nuevo si no se ha hecho público ningún otro diseño idéntico antes de la fecha de presentación de la solicitud de registro.
  2. El diseño debe tener “carácter singular”. Se cumple este requisito si la impresión que produce un diseño a un usuario informado difiere de la impresión general que le hayan producido otros diseños anteriores que se hayan hecho accesibles al público antes de la fecha de presentación de la solicitud de registro.

Generalmente, los diseños susceptibles de protección se relacionan con productos manufacturados, como es el caso de la forma de un zapato, el diseño de un pendiente o el adorno de una tetera. Sin embargo, con la llegada del mundo digital la protección se ha ido ampliando progresivamente a otros productos y tipos de diseños, entre los que se incluyen los iconos de los ordenadores generados por códigos informáticos,los símbolos gráficos y caracteres tipográficos , la presentación gráfica en

las pantallas de ordenador y de teléfonos móviles, etcétera, con exclusión de los programas informáticos.

< Sección anterior
¿Qué derechos contempla la protección de los diseños industriales?

Sección siguiente >
Derechos exclusivos