¿Qué es el “período de gracia”? en Diseños industriales
Wikilibro: Diseños industriales > Capítulo 3: Protección de los diseños industriales |
Sección 9
La legislación española permite un período de gracia para proceder al registro, de una duración de doce meses que preceda a la fecha de presentación de la solicitud o si se reivindica prioridad a la fecha de prioridad.
Así ocurre cuando los artículos que llevan incorporados el diseño se venden o se exhiben en una feria comercial o se dan a conocer en un catálogo, en un folleto o en un anuncio publicitario, antes de presentar la correspondiente solicitud de protección. Durante ese período, se puede comercializar el diseño sin que pierda su carácter de “novedoso” y solicitar después el registro. Su finalidad radica en permitir que el titular del diseño lo pruebe en el mercado sin que el diseño pierda por ello novedad y responde esencialmente a los intereses de aquellos sectores que lanzan periódicamente mayor número de diseños de ciclo corto y frecuente renovación, de los cuales sólo vale la pena registrar los más rentables. Puesto que no ocurre así en todos los países y, en todo caso, se trata de un período limitado, lo más aconsejable es mantener la confidencialidad del diseño hasta que se presente la solicitud de protección. Además, durante el período de gracia mencionado no se tienen derechos exclusivos sobre el diseño, si bien puede estar protegido de manera automática por la legislación sobre derecho de autor o sobre competencia desleal, según las disposiciones vigentes en la legislación nacional de que se trate (para más información sobre el derecho de autor, véase el Capítulo 5). |
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