M3. A6″La publicidad de las cuentas anuales de las empresas»

Si bien es cierto que la publicidad de las cuentas anuales de las empresas en otros países es de carácter obligatorio, por ser un indicador de transparencia y de mostrar que se está cumpliendo con todo lo establecido en las leyes en cuanto a información de Gestión Financiera (el Balance, la Cuenta de Pérdidas y Ganancias, el Estado de cambios en el patrimonio neto, el Estado de flujos de efectivo y la Memoria del ejercicio) se refiere.

En nuestro país según la Ley General de Libre Acceso a la Información Pública, No. 200-04. EL Congreso Nacional, en nombre de la República Dominicana, cita en su Artículo 1.- Toda persona tiene derecho a solicitar y a recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna, de cualquier órgano del Estado Dominicano, y de todas las sociedades anónimas, compañías anónimas o compañías por acciones con participación estatal1.

Artículo 3.- Todos los actos y actividades de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, incluyendo los actos y actividades administrativas de los Poderes Legislativo y Judicial, así como la información referida a su funcionamiento estarán sometidos a publicidad, en consecuencia, será obligatorio para el Estado Dominicano y todos sus poderes y organismos autónomos, autárquicos, centralizados y/o descentralizados, la presentación de un servicio permanente y actualizado de información.

En República Dominicana solo están obligadas a publicar y mostrar las cuentas anuales todas las empresas del estado o del sector público.

Otras instituciones que por su naturaleza deben publicar sus operaciones financieras son los bancos.

Código Monetario y Financiero de la República Dominicana2 en su sección VI: De la Transparencia Monetaria y Financiera en su Art. 22 El Banco Central y el Art. 23 La Superintendencia de Bancos, pondrán a la disposición del público las siguientes informaciones:

a) El Balance General mensual de sus cuentas publicados al 30 de abril siguiente a la fecha de cierre. b) Los Estados financieros Auditados anuales. c) Un resumen del Programa Monetario. d) El Informe Trimestral de la Economía Dominicana. e) Un resumen de la Memoria Anual. f) Un Boletín Informativo con los Reglamentos Monetarios y Financieros. g) Un Boletín Informativo que contenga las Resoluciones. h) Un Boletín Trimestral que compile las principales estadísticas económicas. i) Cualquier otra información que sea relevante a efectos de mantener un adecuado nivel de transparencia de sus actuaciones.

Aunque nos falta mucho por hacer con relación a La publicidad de las cuentas anuales de todas las empresas sean estas públicas o privadas debemos romper los paradigmas que se visualizan como un arma de doble filo, con relación al tema, de que la información publicada podría ser usada por la competencia para saber cuál es nuestro posicionamiento en el mercado.  

En nuestro país existen leyes que rara vez suelen cumplirse y la información de Gestión Financiera no es la excepción, pero en las entidades bancarias se cumplen 100% por la naturaleza de este tipo de empresa, ya que son fiscalizados por la Superintendencia de Bancos y las empresas públicas o del estado por la cámara de cuenta.

En mi humilde opinión considero que las cuentas anuales de todas las empresas deberían ser públicas donde todos tengan acceso libre a la información esto les obligaría a mantener una competencia leal, pero a la vez a contribuir con el sistema financiero de nuestro país, en donde se puedan evaluar los diferentes indicadores y dar a conocer cuál es la posición de mercado en relación a otros países tanto del caribe como del mercado global.

Se espera que un futuro no muy lejano también se acojan a esta práctica los demás sectores empresariales del país si queremos ver un avance significativo en cuanto al tema financiero se refiere.

 

 

  1. Págs. 2,3 https://www.dgii.gov.do/transparencia/Documents/ley200-04.pdf
  2. Pág. 40; http://www.sice.oas.org/investment/NatLeg/RDM/Co_MonetFin_s.pdf


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