CONTRATACION INTERNACIONAL – REDACCION

Quiero compartir, algunos puntos tal vez sencillos y bastante obvios de trabajar a la hora de firmar contratos internacionales; sin embargo, al realizar el trabajo en el día a día, tal vez no prestamos la suficiente atención en estos puntos.
Conocer la legislación que prima en la otra parte, tal vez existan otras prácticas o costumbres que debemos considerar con la finalidad de considerar todas las variables que afecten los beneficios o el desarrollo de los contratos.
Los contratos, clausulas más, clausulas menos,,, lo cierto es que si no realizamos una revisión detallada de lo que firmamos podemos estar nosotros mismos perjudicándonos con alguna contingencia a futuro, firmando un documento que proteja más a la otra parte y no nuestros intereses.
Otro punto importante a tener en cuenta, es que si bien existen términos legales usados internacionalmente; si no se usan en una adecuada redacción, lo que busca ser universal, se convierte en una mala interpretación que en la práctica confunde la aplicación práctica.
Finalmente, entendemos que no se firma un contrato con la finalidad de no cumplirlo o abandonarlo antes de tiempo; pero no estamos libres de tener alguna contingencia o mala interpretación, por lo que es importante no dejar de incluir la cláusula de resolución de controversias.

Ana Acosta


Suscribirse a comentarios Respuestas cerradas, se permiten trackback. |

Comentarios cerrados.


Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies