Objetivo: La Fundación EOI en cumplimiento de sus objetivos fundacionales concede becas de matricula y ayudas al estudio a los participantes en programas máster de postgrado, máster executive, programas ejecutivos o programas superiores de EOI Escuela de Organización Industrial.
Las convocatorias y concesión de becas de matrícula y ayudas de estudios se regirán por las siguientes normas generales:
La Fundación EOI concederá las becas y las ayudas al estudio de acuerdo con criterios de objetividad, transparencia y publicidad.
Las becas y las ayudas al estudio se aplicarán sobre el concepto de costes de tasas de matrícula descontado en su caso el importe de la reserva de plaza.
Las becas y las ayudas al estudio suponen una deducción del precio de la matrícula.
Las becas o ayudas al estudio de Fundación EOI no son acumulables entre sí por lo que un candidato sólo podrá verse beneficiado, en el caso de que se estime favorablemente su solicitud, por una ellas.
Toda beca concedida lo es exclusivamente par el curso académico y programa que vaya a iniciarse.
Podrán ser beneficiarios/as de becas y ayudas al estudio, y sin perjuicio de otros criterios señalados en las convocatorias, los/as candidatos/as que cumplan los siguientes requisitos:
1º. Superar con éxito el proceso de admisión de EOI-Escuela de Organización Industrial para el programa master, programa superior o programa ejecutivo en el que solicita la beca o ayuda económica.
Todos los candidatos a las diferentes becas y/o ayudas al estudio de Fundación EOI deben previamente haber participado en el proceso de admisión en el programa y haber obtenido su admisión en el mismo.
2º. Solicitar la ayuda o beca de estudios.
Los candidatos interesados en participar en cualquiera de las convocatorias deberán cumplimentar el impreso de solicitud de beca o ayuda al estudio y aportar la documentación solicitada en tiempo y forma. En el impreso de solicitud deberán constar claramente los datos personales del solicitante, la convocatoria para la que presenta su solicitud y el programa para el que solicita la ayuda económica.
3º. Acreditar documentalmente el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos indicados en la convocatoria.
Los solicitantes deberán acreditar documentalmente que cumplen con todos los requisitos académicos, profesionales y/o económicos establecidos en las diferentes convocatorias.
4º. No ser beneficiario de otra beca o ayuda al estudio de Fundación EOI en el mismo curso académico.
No se admitirá ninguna solicitud en la que no se cumplan los requisitos generales o los específicos exigidos en cada una de las convocatorias o falte la documentación exigida.
Los solicitantes de becas o a ayudas al estudio deberán presentar su solicitud dentro de los plazos señalados en cada convocatoria. No se admitirá ninguna solicitud presentada fuera de plazo, ni entrega de documentación adicional con posterioridad a la fecha del cierre de la convocatoria.
Si la solicitud no reúne todos los requisitos indicados, el Comité de Becas a través del departamento de admisiones requerirá al interesado para que dentro del plazo indicado en la convocatoria acompañe los documentos requeridos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.
Con carácter extraordinario el Comité de Becas de Fundación EOI podrá conceder un nuevo plazo para presentación de nuevas candidaturas con objeto de cubrir las becas que hubieran quedado desiertas. El nuevo plazo se publicará en la web de EOI-Escuela de Organización Industrial.
El Comité de Becas es el órgano encargado de convocar, evaluar, revisar y resolver sobre la concesión o denegación de las becas de matrícula o ayudas al estudio convocadas por Fundación EOI.
Podrán asistir al Comité, con voz, pero sin voto, responsables de otras áreas de actividad o sedes de la Fundación previa invitación del Presidente.
El Comité de Becas tomará sus resoluciones por mayoría. En caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad.
El Comité de Becas examinará las solicitudes presentadas y adoptará, por mayoría, una de las siguientes resoluciones:
El Comité adoptará sus resoluciones, sin perjuicio de otros requisitos específicos señalados en las distintas convocatorias, de acuerdo con las circunstancias personales, profesionales y académicas acreditadas por los solicitantes y en todo caso, los fondos presupuestarios disponibles. Los diferentes criterios de valoración serán objeto de puntuación de acuerdo con las siguientes normas:
La concesión de la beca está sujeta a la obtención de una puntuación igual o superior a 7 del total de los criterios valorados.
La resolución del Comité se comunicará por escrito a todos los solicitantes en 5 días a partir de su adopción. En el caso de que la resolución hubiera sido favorable, además de la cuantía, curso académico y programa, la comunicación deberá indicar claramente el plazo concedido para la aceptación de la ayuda económica y formalización de la matrícula.
El candidato deberá aceptar formalmente la beca o ayuda al estudio en el plazo concedido al efecto por el Comité de Becas de Fundación EOI.
El transcurso del plazo indicado por el Comité de becas sin aceptar la beca o ayuda al estudio y sin formalizar los trámites de reserva de plaza implicará la renuncia total a la misma.
La cuantía de las becas no aceptadas pasará a formar parte del fondo de becas disponible para la convocatoria extraordinaria.
Las ayudas económicas o becas suscritos por Fundación EOI con otras instituciones, públicas o privadas, se regirán por lo previsto en el propio Convenio. En todo caso se inspirarán en los principios recogidos en el presente documento.
Tanto los impresos de solicitud como las convocatorias anuales de becas y ayudas al estudio se encuentran a disposición de los interesados en la página web de EOI Escuela de Organización Industrial. (www.eoi.es) La publicación de los acuerdos adoptados con otras Instituciones se realizará en función de lo establecido en el convenio.